Disposición N° 424-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 424/DGIUR/18
Buenos Aires, 20 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 25.089.689/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia,
juguetería, discos y grabaciones; Artículos de cotillón; Artículos de perfumería y
tocador; Artículos personales y para regalos; de ropa confeccionada, lencería, blanco,
mantelería, textiles en general y pieles", para el inmueble sito en la Av. Luis. María
Campos Nº 901/17/27/37/67/77/87, esquina Gorostiaga S/Nº, esquina Arce Nº
920/20/30/40/60/98 y esquina Maure Nº 1835, U.F Nº 174, Local ES-L200, Nivel 1,
Centro Comercial "El Solar", con una superficie a habilitar de 50,30m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 39 (Ley Inicial) "Corredor Luis
María Campos entre Olleros y Av. Dorrego" de Zonificación General del Código de
Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que de acuerdo a lo previsto Decreto Nº1268/08 BOCBA Nº3056 y anexo, en su ítem
5.2 Usos para Inmuebles no Catalogados, será de aplicación las disposiciones del
Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito R2aI;
Que no obstante de la observación del conjunto en su totalidad "Centro Comercial
Solar de la Abadía" surge que el carácter urbanístico del sector es asimilable al del
Distrito C3 de Zonificación General de acuerdo a lo previsto en el Artículo 5.5.3 del
Código de Planeamiento Urbano vigente a la época de reactivación del predio;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
08022388-DGIUR-2018, hace saber que los Usos Consignados Permitidos en el
Cuadro de Usos 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano en el Distrito C3:
"Comercio Minorista: Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines.
Regalos; Papelería, librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia, venta de discos y
grabaciones, juguetes - Artículos de plástico y de embalaje - Artículos publicitarios
(dos máquinas fotocopiadoras como actividad complementaria); Perfumería, artículos
de limpieza y tocador";
Que si bien los usos solicitados para el local, cuya superficie alcanza 50,30m² de
acuerdo a lo previsto en el Decreto Nº1268/08 BOCBA Nº3056 y anexo resultarían
permitidos en el Distrito R2a, si tenemos en cuenta la habilitación del conjunto en su
totalidad y el carácter urbanístico del sector en cuestión correspondiente al Distrito C3,
dichos usos también resultan permitidos;
Que no se visa publicidad toda vez que se trata de un local cuya ubicación dentro del
Centro Comercial "El Solar de la Abadía" es interna;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5347 - 05/04/2018

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