Disposición N° 422/DGEIBC/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 422/DGEIBC/18
Buenos Aires, 17 de agosto de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y 5.915, el Decreto Nro.
326/17, la Disposición N° 1.274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico N°
201822772068-SECCTI/18, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5666) se establecen los
lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y
regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;
Que el artículo 85° de la citada Ley establece que los procesos de compras, ventas y
contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o
digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos
administrativos del proceso;
Que por Decreto N° 326/GCABA/17 se aprobó la reglamentación del artículo precitado
y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones
denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC);
Que el artículo 28° inciso 4 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666)
establece que cuando se trate de obras, bienes o servicios, científicos, técnicos,
tecnológicos, profesionales o artísticos cuya ejecución solo puede ser confiada a
empresas, personas o artistas especializados, o de reconocida capacidad y
experiencia, independientemente de la personería que revistan se podrá utilizar el
procedimiento de Contratación Directa;
Que el Anexo II del Decreto Nº 326/GCABA/17 fijó los niveles de decisión y cuadro de
competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y
servicios bajo el régimen especial dispuesto en el artículo precitado, estableciendo que
cuando se trate de Contratación Directa, los Directores General podrán aprobar los
Pliegos de Bases y Condiciones y de Especificaciones Técnicas, y autorizar el llamado
hasta un millón (1.000.000) de Unidades de Compra;
Que el artículo 27°, apartado b) de la Ley Nº 5.915 fijó en pesos catorce con cincuenta
centavos ($ 14,50) el monto de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en
la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666);
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la adquisición de un servicio de
capacitación en idioma inglés técnico, para directores, productores, técnicos y agentes
de la industria audiovisual, a favor de la Dirección General Emprendedores e
Industrias Basadas en el Conocimiento, dependiente de la Secretaría de Ciencia,
Tecnología e Innovación, por un importe total de pesos setenta y dos mil seiscientos ($
72.600.-);
Que la propuesta de contenidos fue diseñada por el Centro Universitario de Idiomas
(CUI), una institución educativa que cuenta con más de 25 años de experiencia en el
desarrollo de programas de capacitación, formación y adquisición de lenguas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5439 - 21/08/2018

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