Disposición Nº 235/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 235/DGIUR/13

Buenos Aires, 1 de febrero de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2.740.489/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio Minorista: de Artículos Personales y para Regalos; de

Semillas, Plantas, Artículos y Herramientas para Jardinería; de Flores, Plantas de

Interior", para el inmueble sito en la calle San Nicolás N° 235, Planta Baja y Entrepiso,

con una superficie a habilitar de 25,07 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble emplazado en el Distrito APH 53 "Floresta" de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, según Ley N° 3507 del

22/07/2010. Los usos para inmuebles Catalogados se regirán por el Cuadro de Usos

N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano correspondientes al Distrito de

zonificación R1bII;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

340-DGIUR-2013, obrante a foja 20, considera que desde el punto de vista urbanístico

y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del

uso solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en el Distrito APH

53 "Floresta";

Que en relación a la localización de los usos permitidos son: "Comercio Minorista:

Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines, Regalos; Semillería,

Plantas, Artículos y Herramientas para Jardinería; Florería y Plantas de interior";

Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que a

foja 19 el recurrente declara "...desisto de la publicidad...";

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Comercio Minorista: Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar

y afines, Regalos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR