Disposición Nº 2/GCABA/HNBM/13

FirmantesDerito
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital Neuropsiquiátrico Braulio Moyano
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 2/HNBM/13

Buenos Aires, 8 de enero de 2013

VISTO:

EXPEDIENTE N° 1.008.347/2012 y Orden de Compra N° 41061/2012

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expediente N° 1.008.347/2012 se autorizo la adquisición de

Productos Nutroterapeuticos, con destino al Departamento de Alimentación,

emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 41061/2012, a favor de la firma

Fresenius Kabi .S.A. , con fecha de vencimiento para su entrega, el día 17/09/2012.

Que la firma antes mencionada, a la fecha no entrego los insumos correspondientes al

Renglón N° 3, Cantidad 2400 Unidades de Suplemento Nutricional.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo N° 9° de la Ley N° 2.095

de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada

por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA N° 2557 );

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL BRAULIO A. MOYANO

DISPONE:

Articulo 1°

Rescíndase en forma parcial el contrato firmado con la firma Fresenius Kabi S.A., Adjudicatario de la Orden de Provisión N° 41061/2012, domiciliada en.

Lavalleja 1214, de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art, 121°, 123° y a

continuación se detallan:

  1. Una multa de PESOS Setecientos setenta y cuatro ( $ 774,00) por la Rehabilitación

    de Contrato, deduciendo el mismo de facturas emergentes de pagos pendientes de

    cobro o en tramite , de acuerdo l Art. 127 de la Ley 2095/GCBA/06.

  2. El importe consignado en el ap) a; deberá ser depositado por la firma comercial bajo

    las formas previstas en el apartado c) del presente acto administrativo; dentro de los 3

    (tres) dias de notificado fehacientemente del presente acto administrativo de acuerdo a

    lo estatuido en el Capitulo VI - Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 - BOCBA

    N° 310 -, Resolución N° 41- LCBA-98 BOCBA N° 454).

  3. Dicho importe deberá ingresar en la cuenta 200330/4 "Multa Proveedores y

    Contratistas" para depósitos con Cheque Propio del Adjudicatario; el cual deberá ser

    librado a nombre del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; CRUZADO - NO A LA

    ORDEN y/o en la Cuenta 200233/2 "Multa Proveedores y Contratistas" para depósitos

    en efectivo, los cuales deberán realizarse en la Dirección General de Tesoreria

    perteneciente al Ministerio de Hacienda, sita en Av. Belgrano 840 - en el horario de

    9:30 a 14:30 hs., de acuerdo a lo normado en el Articulo 121 del Decreto

    754/GCBA/2008 reglamentario...

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