Disposición Nº 2103/GCABA/DGIUR/12

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2012

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII"

DISPOSICIÓN N.° 2103/DGIUR/12

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2012

VISTO:

La Presentación Agregar N° 3 del Expediente N° 52.724/2012 por el que se solicita el

Visado del Esquema de Publicidad, para el inmueble sito en la calle 25 de Mayo N°

401, Av. Corrientes N° 299 y Av. Leandro N. Alem N° 410/14, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito APH 51 "Catedral al Norte"

y se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural (Ley N° 3943);

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N°

4566-DGIUR-2012, al respecto informa que en la reglamentación vigente se indica

textualmente:

"PUBLICIDAD

En las fachadas del área sólo se admiten anuncios frontales simples o iluminados, del

tipo de letras sueltas, cuyo tamaño no supere el 5% de la superficie total de la fachada

en planta baja. En dichos anuncios sólo se permite la inscripción identificatoria del

local comercial.

Deben estar ubicados dentro del vano o inmediatamente sobre el dintel del mismo, sin

desvirtuar molduras, ornamentos, almohadillados, carpinterías y herrajes, y demás

elementos de la composición del diseño del edificio";

Que los fotomontajes adjuntados a la Presentación Agregar N° 3 (Esquemas N° 1, 2 y

3) cumplimentan lo normado;

Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que, desde el punto de vista

del patrimonio urbano, sería factible acceder al visado de los Esquemas de Publicidad

N° 1, 2 y 3 para el inmueble sito en 25 de Mayo N° 401, Av. Corrientes N° 299 y Av.

Leandro N. Alem N° 410/14;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección

General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, los Esquemas de

Publicidad N° 1, 2 y 3, para el...

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