Disposición N° 415-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 415/DGIUR/18
Buenos Aires, 16 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 6.717.685/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio minorista de Automotores, embarcaciones, aviones y
motos" para el inmueble sito en la Av. Martín García Nº 447/51 Planta Baja. UF Nº 1,
con una superficie a habilitar de 449,00 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH1- "San Telmo- Av. De Mayo -
Zona de Ampliación" -"Subzonas 3c y 5d" de Zonificación General del Código de
Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
7818118-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1; el uso solicitado,
se encuentra expresamente consignado como "Automotores y accesorios,
embarcaciones, aviones y motos, repuestos a venta de automotores y accesorios
podrá contar con un taller de reparación de automóviles, como actividad
complementaria, sin exceder una superficie cubierta de 50m dentro de la clase (A) de
la descripción: LOCAL COMERCIAL s/exigencia de estacionamiento o carga y
descarga, dentro del ítem COMERCIO MINORISTA:. El mismo se encuentra permitido
en el APH 1 - "ZONA DE AMPLIACION", Subzona 3 C hasta 200m2 y en la Subzona 5
D, se encuentra afectado por la referencia "C";
Que se trata de un local ubicado en la parcela sin catalogación del inmueble en
cuestión, donde el uso anterior fue un supermercado, esta Gerencia Operativa
Grandes Proyectos Urbanos, en cuanto órgano de aplicación, considera factible la
localización del uso solicitado. Por lo tanto, se visa el uso "Automotores y accesorios,
embarcaciones, aviones y motos", por estar comprendido dentro del uso "Automotores
y accesorios, embarcaciones, aviones y motos, (repuestos a venta de automotores y
accesorios podrá contar con un taller de reparación de automóviles, como actividad
complementaria, sin exceder una superficie cubierta de 50m2".)", permitido en el
Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1 del CPU, en el APH 1- "ZONA DE AMPLIACION. Se deja
constancia que el visado no implica la habilitación del mismo;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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