Disposición N° 413/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 413/DGIUR/21
Buenos Aires, 26 de marzo de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-07437209-GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “(1.4.3) Maxiquisco, (6.1) Servicios para la vivienda y sus ocupantes
(locutorio)”, en el predio sito en la Av. Juramento N° 1741, U.F N° 1, Planta Baja y
Sótano;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N° 8353195/DGIUR/2021
mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos del Suelo estima oportuno
el dictado del acto administrativo que autorice desde el punto de vista urbanístico y
patrimonial, la localización del uso solicitado en el Expediente de referencia, dejando
constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y
que no haya sido expresamente contemplada en la presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica Específica,
APH44 – “Barrancas de Belgrano”, Zona 1 del Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización de los usos
“1.4.3.Maxikiosco, 6.1.Servicios para la vivienda y sus ocupantes”, toda vez el rubro
solicitado no origina impactos relevantes en el Área de Protección Histórica Especifica,
APH44 – “Barrancas de Belgrano”;
Que respecto a los requerimientos de estacionamiento vehicular, estacionamiento de
bicicletas, Espacios para Carga y Descarga, se destaca que no requiere exigencias,
todo de conformidad a lo establecido en el cuadro de usos del suelo N°3.3 y
concordantes del Código Urbanístico;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6090 - 05/04/2021

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