Disposición N° 413-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 413/DGIUR/18
Buenos Aires, 15 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 28.633.562/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Servicios relacionados con la impresión; Servicios: copias, fotocopias,
reproducciones (salvo imprenta)" para el inmueble sito en la calle Piedras Nº 460/64, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distritos APH1 San Telmo,
Subzona 5d y cuenta con Nivel de Protección General; Parágrafo 5.4.12.1 Distrito
APH1 del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
07081588-DGIUR-2018, indica que respecto a lo solicitado y de acuerdo a la
documentación presentada la cual se detalla a continuación se informa: A Nº de Orden
32 obra Plano-2018-06862986, Plano de Obra Nueva Registrado en la DGROC en
octubre de 1986, con una superficie de 190,90m² cubiertos y una superficie libre de
32,45m². A Nº de Orden 28 obra Plano 2018- 02995896 Plano de Obras Ejecutadas
sin permiso no reglamentarias, con una superficie existente de 190,50m²; una
superficie sin permiso de 44,41m² y una superficie libre de 32,45m²;
Que en relación a la regularización presentada a Nº de Orden 28 se informa que los
parámetros urbanísticos vigentes para el área de implantación indican una altura
máxima de 22 m., un F.O.S. del 60% y que la L.F.I es coincidente con la L.B. De
acuerdo a los mismos se detecta que la altura de la construcción es de
aproximadamente 5,50 m., la cual resulta inferior a la permitida. En cuanto al F.O.S. es
superior al admitido del 60%, pero se trata de una construcción existente que cuenta
con plano registrado en la Dirección General Registro de Obras y Catastro en 1986,
según lo declarado y graficado en la documentación precedentemente detallada;
Que respecto al uso solicitado de Servicios relacionados con la impresión, en el
Cuadro de usos 5.12.1 se encuentra en el agrupamiento INDUSTRIA consignado
como "Servicios relacionados con la impresión: Taller de encuadernación/
fotocomposición/ grabado a mano, etc." con la Referencia 200 (hasta 200 m²
cualquiera de ellos)". En tanto el solicitado de "Servicios: copias, fotocopias,
reproducciones (salvo imprenta)" se encuentra consignado con la Referencia P
Permitido;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que sería factible acceder a
la localización de los rubros solicitados de "Servicios relacionados con la impresión,
hasta 200m²" y "Servicios: copias, fotocopias, reproducciones (salvo imprenta)" por
resultar admitidos en el Distrito de implantación;
Que en relación a las Obras ejecutadas sin permiso, deberán regularizarse ante el
organismo competente y el inicio de la misma deberá exhibirse al momento del
comienzo del trámite de la habilitación;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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