Disposición N° 383/GCABA/MDEGC/08
Firmantes | Solari-Costa |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Económico |
Fecha de la disposición | 11 de Julio de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
DISPOSICIÓN N° 383/ GCABA/ MDEGC/ 08
Se concede continuidad de ocupación, uso y explotación precaria en fracción interna del Parque N. Avellaneda
Buenos Aires, 11/07/2008
VISTO el Registro N° 3581/ DGConc/ 2007 e inc.
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 01 de noviembre de 2007 se suscribió entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Sr. Daniel Guede un Contrato de Permiso de Ocupación Uso y Explotación precario de una fracción interna del Parque Nicolás Avellaneda destinada a explotación de una calesita;
Que, con fecha 18 de diciembre de 2007, la Sra. Celia Encarnación Cristobo González comunica a la Dirección General de Concesiones el fallecimiento de su esposo el Sr. Daniel Guede, titular del permiso de ocupación, uso y explotación precario y oneroso;
Que, dicha comunicación fue efectuada por la cónyuge supérstite, mediante el Registro N° 3581/DGConc/07, dentro de los treinta (30) días de producido el deceso del titular, el cual ocurrió con fecha 03 de diciembre de 2007;
Que en tal ocasión, la Sra. Celia Encarnación Cristobo González solicitó la continuidad de la explotación del permiso que detentaba su cónyuge. Asimismo, con posterioridad, adjuntó copia del acta de defunción del Sr. Guede, acta de matrimonio y DNI;
Que, tal como lo establece la cláusula sexta del mencionado Contrato, en caso de fallecimiento del titular permisionario, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de optar entre la revocación del contrato o su continuación con el cónyuge, hijos o ascendientes en primer grado, en el orden de prelación indicado, siempre que dentro de los treinta (30) días de producido el deceso, se comunique por escrito tal circunstancia a la Dirección General de Concesiones;
Que, por tratarse de un permiso de ocupación, uso y explotación precario y oneroso de un bien de dominio público, corresponde a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones entender en la materia conforme la competencia asignada;
Que habiéndose dado cumplimiento a lo prescripto en el instrumento contractual ut supra aludido, la Dirección General de Concesiones estimó procedente conceder la continuación del permiso a la peticionante;
Que giradas las actuaciones a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a fin de que emitiera una opinión al respecto, dictaminó procedente el otorgamiento de permiso y uso precario y oneroso...
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