Disposición Nº 1960/GCABA/DGIUR/12

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2012
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina
Disposición
Número:
Buenos Aires,
Referencia: Expediente Nº 2.177.100/2012
VISTO: El Expediente Nº 2.177.100/2012 por el que se consulta respecto de la ampliación del rubro
habilitado: “Establecimiento Particular de Asistencia Médica”, en el edificio existente sito en la calle
Núñez Nº 2683/85/91, con una superficie total de 2491,87m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R2aII de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 4496-DGIUR-2012,
obrante a fs. 93, informa que en relación con la normativa vigente se informa que:
a) El Parágrafo 5.4.1.3. Distrito R2a; en su ítem a) R2aI, establece:
“… b) R2aII:
Disposiciones Particulares:
a) Edificios entre medianeras
Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a: R = h/d = 2.4…”
“… FOT BÁSICO = 2.5. Se admitirán variaciones de FOT de acuerdo al ancho de calle según se
determina en la siguiente función:
FOT = 2.5 x A / 12.5; Siendo A un número igual al ancho de calle determinado por la Dirección.
En el caso que el ancho varíe en la cuadra, se adoptará el valor promedio…”
“… FOS: El que resulte de las normas de tejido salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos Nº
5.2.1….”
“… 5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1. …”
b) De acuerdo con lo previsto por el Cuadro de Usos Nº 5.2.1. a), el Rubro: “Clínica, Sanatorio,
Maternidad – Instituto con Internación” (En Distrito R2a, en parcelas mayores de 1500m²)
Definidos según Resolución SEC Nº 2.385/80; Resolución M Nº 423/87 del Ministerio de Salud y
Acción Social – Secretaría de Salud. Ver Ordenanza Nº 34.673, (BM Nº 15.938) – AD 622.9 Ley
Nº 123 s/C”; pertenece a la Clase II y a la Descripción: “…Nivel Centro Local Equipamiento
Local…” y resulta afectado a la Referencia: “…AMP 12…”; eso significa: “… Ancho mínimo de
parcela 12 m.…”.
Martes 4 de Diciembre de 2012
DI-2012-1960-DGIUR

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