Disposición N° 41/SGGYAF/19

EmisorMinisterio Público
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.º 41/SGGyAF/19
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Orgánica del MINISTERIO PÚBLICO de la C.A.B.A. Nº 1.903 -texto
consolidado-; la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires Nº 2.095 -texto consolidado-; la Resolución CM Nº 37/2012; las Resoluciones
CCAMP Nros. 26/2012 y 53/2015; las Disposiciones SGGyAF Nros. 45/2017 y 32/2018
y el Expediente CCAMP Nº 31/19 del Registro de la COMISIÓN CONJUNTA DE
ADMINISTRACIÓN (CCAMP) del MINISTERIO PÚBLICO de la C.A.B.A.; y
CONSIDERANDO:
Que -mediante Nota UCE Nº 57 de fecha 16 de octubre de 2019- la Unidad de
Coordinación Edilicia de la CCAMP, encontrándose próximo el vencimiento del
contrato del servicio de conservación y mantenimiento técnico de los ascensores
instalados en el edificio de la Avenida Paseo Colón Nº 1333 de esta Ciudad Autónoma
-donde funcionan dependencias del MINISTERIO PÚBLICO de la C.A.B.A.-,
oportunamente adjudicado y prorrogado a la firma OTIS ARGENTINA S.A. (CUIT 30-
51696072-4) a través de las Disposiciones SGGyAF Nros. 45/2017 y 32/2018, en el
marco de la Contratación Directa CCAMP Nº 02/2017, recomendó implementar las
acciones que se estimen pertinentes para realizar una nueva contratación del
precitado servicio.
Que, teniendo en consideración que los ascensores en cuestión se encuentran
dotados de una tecnología cerrada desarrollada en forma exclusiva por su fabricante -
conforme surge de las constancias obrantes en los Expediente CCAMP Nº 34/17,
donde tramitó la Contratación Directa CCAMP Nº 02/2017 antes citada-, se consideró
oportuno consultar a DOS (2) empresas del rubro sobre la posibilidad de efectuar las
adecuaciones necesarias para abrir la tecnología, de modo que el precitado servicio
de conservación y mantenimiento pueda ser prestado por otros operadores -
además del actual-.
Que, en respuesta a ello, dichas empresas cotizaron la realización de los referidos
trabajos en las sumas de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL
QUINIENTOS DIECINUEVE ($4.215.519) por todo concepto y PESOS OCHO
MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL SESICIENTOS ($8.421.600) por todo
concepto.
Que, teniendo en especial consideración el elevado costo de la adecuación de las
instalaciones, se continuó con el procedimiento para la contratación del servicio de
conservación y mantenimiento de dichos ascensores.
Que, en función de ello, corresponde encuadrar el presente procedimiento como
Contratación Directa, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 5 (“Cuando se
trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por
determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”) del
Artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires Nº 2.095 -texto consolidado- y su reglamentación -aprobada por Resolución
CCAMP Nº 53/2015-.
Que, conforme lo dispone la normativa precedentemente citada, en dicho supuesto de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5761 - 13/12/2019

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