Disposición Nº 183
Provincia de Buenos Aires.
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS.
DIRECCIÓN DE DESARROLLO MARÍTIMO Y FLUVIAL.
Disposición Nº 183.
La Plata, 9 de octubre de 2012.
VISTO el expediente Nº 22219-184/2007, por el que se tramita la renovación anual de los Permisos de Pesca Comercial y Autorizaciones de Pesca Artesanal correspondientes al año 2013, conforme las prescripciones de la Ley Nº 11.477, y su Decreto Reglamentario Nº 3.237/95, y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dar continuidad al ordenamiento administrativo para las gestiones de tramitación de los Permisos de Pesca Comercial y Autorizaciones de Pesca
Artesanal para el año 2013;
Que la emisión de los Permisos y Autorizaciones de renovación no produce un incremento del esfuerzo pesquero, propendiendo ello a la sustentabilidad de los recursos de la pesca;
Que es necesario continuar con los estudios y las medidas de manejo de los recursos pesqueros de la Provincia de Buenos Aires, cuya tutela compete al Ministerio de Asuntos Agrarios, a través de la Dirección Provincial de Pesca, de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial de Pesca Nº 11.477 y su Decreto Reglamentario Nº 3.237/95;
Que a los efectos de tramitar la renovación de los Permisos y Autorizaciones de Pesca Provincial, resulta necesario implementar el formulario de solicitud de renovación 2013;
Que el formulario de solicitud de renovación de Permisos de Pesca Provincial Comercial y Autorizaciones de Pesca Artesanal tiene carácter de Declaración Jurada, con los efectos jurídicos que tal calificación le otorga;
Que la presentación de la solicitud de renovación, trae aparejado el conocimiento y aceptación por parte del solicitante, de todas las normas que reglamentan la pesca en esta Provincia;
Que la documentación que se requiere por la presente norma resulta obligatoria para analizar la solicitud de renovación 2013;
Que para la emisión de los Permisos o Autorizaciones de Pesca, esta Autoridad de Aplicación tomará en consideración el cumplimiento de la normativa vigente en los años precedentes, por parte de propietarios, armadores, patrones de la embarcación y su condición en el registro de buques (Resolución Nº 547/04 de la ex -Subsecretaría de Actividades Pesqueras); Que sin perjuicio de lo expuesto, es condición esencial para el otorgamiento del Permiso y/o Autorización de que se trate, tener regularizada en debido tiempo y forma, la situación del pago de las sanciones firmes por infracción a las normas, para el ejercicio de la actividad pesquera en la Provincia de Buenos Aires;
Que la solicitud, es a los fines de la renovación de los Permisos Comerciales o Autorizaciones artesanales para especies variadas, ya sea en aguas fluviales o marítimas, quedando excluida la solicitud para la zafra de la especie Corvina rubia;
Que la presentación de la solicitud no implica que esta Autoridad dará curso favorable a la misma, quedando su tratamiento sujeto al cumplimiento en tiempo y forma de cada uno de los requisitos establecidos y su otorgamiento al mérito y demás condiciones que oportunamente se consideren y se exijan para ello, caso contrario se procederá a su archivo;
Que conforme a lo estipulado por la Ley Nº 11.477 y su Decreto Reglamentario Nº 3.237/95, esta Autoridad de Aplicación resulta competente para el dictado del presente acto administrativo;
Por ello, EL DIRECTOR DE DESARROLLO MARÍTIMO Y FLUVIAL, DISPONE:
Aprobar la solicitud de renovación de Permisos de pesca comercial y Autorizaciones de pesca artesanal para el año 2013, con el objeto de ejercer la actividad pesquera en la Provincia de Buenos Aires, cuyo modelo pasa a conformar parte del presente Acto como Anexo 1.
Establecer la apertura del Registro para el ingreso de las solicitudes a partir de la fecha del registro de la presente Disposición y...
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