Disposición Nº 406/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 25 de Marzo de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 15.715.669/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Comercio minorista de productos alimenticios envasados; Bebidas
en general envasadas; Artículos de cotillón", para el inmueble sito en calle Carhue N°
177, Planta Baja, UF N° 2, con una superficie a habilitar de 34,18m2, y
CONSIDERANDO:
Que el predio se encuentra localizado en el Distrito U3 de Zonificación del Código de
Planeamiento Urbano (Ley N° 449);
Que la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos Urbanos de esta Dirección General,
mediante Informe N° 2157578-DGIUR-2015, indica que en relación a lo solicitado y las
normas pertinentes se informa que:
-
El Parágrafo 5.4.6.4. para el distrito en cuestión establece:"... 1) Delimitación: Estos
distritos se delimitan en el Plano de Zonificación y en los Planos N° 5.4.6.4 a), b), c),
d), e) y f). Comprende los siguientes barrios: Barrios Tellier-Liniers: Delimitado según
Plano N° 5.4.6.4 a)..."; "... 7) Usos: Se admiten los usos existentes, siempre que los
mismos se hubieren ajustado a las normas vigentes al momento de su implantación.
Previo a toda modificación, deberá consultarse al Consejo para la determinación de las
normas correspondientes. Sólo se autorizarán trabajos de mantenimiento y
conservación..."
-
El Artículo 5.2.1. Usos del suelo urbano y su clasificación, establece que: "El
Consejo podrá adecuar los cuadros de usos especiales de estos Distritos a los
Cuadros de Usos 5.2.1.a) y 5.2.b) correlacionando los distritos de zonificación general
con los subdistritos o subzonas de las normativas especiales".
-
El Acuerdo N° 413-CPUAM/2005, B.O. N° 2.306, publicado el 28/10/2005, establece
en su Artículo 3° "... En relación con los usos admitidos en el Distrito U3, por aplicación
del Artículo 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano, Ley N° 449, se admitirán los
usos comerciales con las siguientes limitaciones: 1) En los Subdistritos U3 a), b), c), d)
y e), los usos del Distrito R1bI siempre que se cumpla que:
-
El uso comercial se desarrolle exclusivamente en planta baja y sin desplazar la
función residencial de la parcela.
-
El uso se autorizará en parcelas de esquina y, en el caso de parcelas intermedias
las frentistas a las...
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