Disposición Nº 405/GCABA/DGTALMHYDH/16
Firmantes | Aragno |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Técnica, Administrativa y Legal |
Fecha de la disposición | 11 de Abril de 2016 |
VISTO:
Los Decretos N° 752/10 modificatorio del Decreto N° 556/10, N° 363/15 y N° 108/16, el
Convenio N° 17302-GCABA/15, la Disposición N° 73-UGIS/16, y los Expedientes
Electrónicos N° 24180743-DGCYC/15 y N° 10236404-UGIS/16, y,
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado citado en el visto tramita la aprobación del gasto incurrido como
consecuencia de la prestación, de tracto sucesivo, del "Servicio de Extracción,
Transporte y Disposición de Líquidos Cloacales y/o Pluviales por medio de Camiones
Atmosféricos, con destino a la Zona II de los denominados Conjuntos Urbanos", a
favor de CIAGESER S.A., C.U.I.T. 30-70759266-0, durante el mes de enero de 2016,
por un monto total de pesos ciento ochenta y dos mil cuatrocientos ($ 182.400);
Que, en orden a lo expuesto por el Titular de la Unidad de Gestión e Intervención
Social, oportunamente mediante Convenio suscripto entre el Instituto de la Vivienda de
la Ciudad de Buenos Aires, la entonces Secretaría de Hábitat e Inclusión y la referida
Unidad, Registrado en la Escribanía de la Ciudad de Buenos Aires bajo el N° 17302-
GCABA/15se le encomendó a esta última, la prestación del servicio que nos ocupa
mediante la presente gestión;
Que, en orden a ello, y conforme lo informado por el Titular de la Unidad de Gestión e
Intervención Social, designado por Decreto N° 108/16, en su Informe N° 10335848-
UGIS/16, ha efectuado las tramitaciones pertinentes, encuadrando el servicio dentro
de las previsiones del Decreto N° 752/10 modificado por el Decreto N° 556/10, por
resultar el mismo un servicio imprescindible e impostergable en su continuidad y hasta
tanto se encuentre adjudicado el trámite de Licitación Pública para la contratación del
mismo, el cual corre bajo Expediente Electrónico N° 24180743, encontrándose, a la
fecha dicha gestión, en etapa de refrendo del Decreto de adjudicación;
Que, en la misma inteligencia, dicho nivel de organización ha cumplimentado
oportunamente, la exigencia prevista por el Artículo 2°, Inciso b), del Decreto N°
556/10, modificado por Decreto N° 752/10;
Que, a su vez, y a mérito de lo informado por el Titular de la mentada Unidad con
ajuste a lo preceptuado por el inciso b) del artículo 7° del Decreto N° 752/10, el monto
mensual...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba