Disposición N° 404-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 404/DGIUR/18
Buenos Aires, 15 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 4.308.405/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Café-bar; Despacho de bebidas, Despacho de bebidas, whiskería,
cervecería; Confitería; Comercio minorista de: Productos alimenticios en general;
Bebidas en general envasadas; Golosinas envasadas (Kiosco y todo lo comprendido
en la Ordenanza 33266)" para el inmueble sito en la Av. Paseo Colón 1155 Planta
Baja, Planta Subsuelo, Entre Piso. UF Nº 5, con una superficie a habilitar de 128,98
m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 7e - AE 13 del Distrito APH 1 "San
Telmo- Av. de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley
449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra
Catalogado con Nivel de Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
7404828-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos solicitados, están comprendidos en los consignados en el Cuadro de
Usos Nº 5.4.12.1, en SERVICIOS TERCIARIOS ,dentro de la clase (A) ,de la
descripción: SERVICIOS PARA LA VIVIENDA Y SUS OCUPANTES; en los usos: "Bar,
café, whiskería, cervecería, lácteos" y "Alimentación en general, restaurant, cantina,
pizzería, grill, heladería" y en el ítem: COMERCIO MINORISTA, en la clase (A) de la
descripción: Local Comercial s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga,
como :"Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta - autoservicio) y en Quiosco" los
cuales se encuentran permitidos en la Zona 7e, del APH1"San Telmo- Av. de Mayo";
Que se visan los usos solicitados "Café-bar; Despacho de bebidas, Despacho de
bebidas, whiskería, cervecería; Confitería; Comercio minorista de: Productos
alimenticios en general; Bebidas en general envasadas; Golosinas envasadas (Kiosco
y todo lo comprendido en la Ordenanza 33266) para el inmueble sito en la Av. Paseo
Colón Nº 1155 PB -PS- EP- UF Nº 5, con una superficie a habilitar de128,98 m2, por
estar permitidos en la Zona 7e del APH1"San Telmo- Av. de Mayo"-. Se deja
constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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