Disposición Nº 393/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 25.254.999/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Café Bar"; "Casa de lunch" y "Despacho de bebidas, whiskería,

cervecería", para el inmueble sito en la Av. Callao N° 650 Planta Baja. UF N° 1, con

una superficie a habilitar de 58,62 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 Distrito APH 50, "Av. Callao" de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Se admitirán los usos del Distrito C2;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

5994788-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos 5.2.1a .del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C2 y

resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH50, Zona 1;

Que los usos consignados Permitidos son: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos,

heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto,

sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C"

resultan Permitidos, y para estacionamiento debe cumplir con la referencia "26" (Salón

de 150m2 o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida);

Que respecto al requisito de Guarda de Automotores, no resulta obligatorio la

referencia "26" porque el salón tiene menos de 150m2;

Que se visa Esquema de Publicidad, obrante en el Plano-2017-5662913-DGROC (N°

50 de orden), cumplimenta con la normativa no existe inconvenientes en su

localización;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y...

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