Disposición N° 390/DGAR/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.° 390/DGAR/22
Buenos Aires, 12 de agosto de 2022
VISTO: La Ley N° 2.095, (texto consolidado por Ley N° 6.347), su Decreto
Reglamentario N° 74/21, la Resolución Nº 424-GCABA-MHGC/13, las Disposiciones
Nros. 167-GCABA-DGCyC/21 y 193-GCABADGAR/22, el Expediente Electrónico N°
12468101- GCABA-SSCPEE /22, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto tramita la contratación de las
instalaciones del Club FERROCARRIL OESTE ASOC. CIVIL, presentándose los
servicios requeridos en la presente en calle Federico García Lorca Nº 350 de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la realización de las actividades de
Educación Física destinadas a la Escuela Normal Superior Nº 4 , Distrito N° 8, Liceo
Nº 5 DE 11 de Natación para la Escuela de Educación Media CEC N° 2 y CEC N°3, y
Jornada Extendida por la Primaria Nº 16 DE 21, solicitado por la Subsecretaria de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa para el ciclo lectivo comprendido entre
el 4 de Abril de 2022 y el 15 de julio de 2022 y entre el 01 de agosto de 2022 y el 21
de diciembre de 2022;
Que mediante informes IF-2022-11976135-GCABA-MEDGC y IF-2022-11956751-
GCABA-DGESCA, el Director General Escuela de Abierta y el Coordinador de
Educación Física informan que: se han considerado en el marco de la cercanía
geográfica del Club FERRO CARRIL OESTE ASOC. CIVIL con las Escuelas
anteriormente mencionadas (...) por facilitar el acceso y traslado de los alumnos de
esos establecimientos educativos al Club, resultando ser éste un factor fundamental y
determinante de ponderación para su selección. A su vez, la institución mencionada
cuenta y dispone de horarios y espacios suficientes para el dictado de las clases (...) y
cuenta con una variedad de áreas y mobiliario que satisfacen las necesidades técnicas
y pedagógicas a tales fines. Asimismo, Club FERRO CARRIL OESTE ASOC.CIVIL es
considerado una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e
inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad
educativa que la contempla, resultando, en función de ello, un punto de encuentro con
efecto consolidador de las relaciones de familia y las escuelas de la comunidad que la
integran. Al mismo tiempo, dicha institución es sugerida y recomendada por los
equipos de conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que
otorga en su labor diaria al contexto social y la comunidad educativa;
Que por intermedio de la Resolución Nº 424-GCABA-MHGC/13 se estableció que a
partir del 1º de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley
N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°6.347) que realicen todas las jurisdicciones
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán
realizarse por medio del sistema Buenos Aires Compras (BAC);
Que por Disposición Nº 167-GCABA-DGCyC/21 el Órgano Rector ha aprobado el
Pliego de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones;
Que mediante Disposición Nº 193-GCABA-DGAR/22, esta Dirección General aprobó
los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2022-14626956- -DGAR), y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6443 - 19/08/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR