Disposición N° 39-DGFYC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad - Agencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 39/DGFYC/18
Buenos Aires, 22 de marzo de 2018
VISTO:
El E.E.-2018----6944892-AGC, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-
GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la
Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005
(BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la
Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y;
CONSIDERANDO:
Que, se presenta el Señor Ariel Gómez, en su carácter de apoderado de BKP S.R.L., y
solicita la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, de
acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 1/2005, del local
ubicado en la Av. J. B. Justo Nº 1574 Esq. Gorriti, PB y PA, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, que desarrolla la actividad con nombre de fantasía "BK";
Que, dicho local posee habilitación otorgada por Expediente N° 2340751/2011, para
desarrollar la actividad de "Casa de lunch, Café - Bar y Local de Baile Clase "C", y
transferencia de habilitación por Ex- 2016-18897581, a nombre de BKP S.R.L.;
Que, por Disposición Conjunta N° 33/12, de fecha 9 de marzo de 2012 se procedió a
inscribir al local de referencia en el Registro Público de Lugares Bailables con el Nº
133;
Que por DI-2014-49-DGFYC, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de
novecientas sesenta y una (961) personas, en conformidad con el DNU Nº 1/2005;
Que, mediante Disposición Conjunta N° 49/2014, DISFC-2015-35-DGFYC, DISFC-
2016-52-DGFYC y DISFC-2017-45-DGFYC, el local renovó su inscripción por el
término de un (1) año en cada una de ellas;
Que, la Subgerencia Operativa Registros evaluó la documentación presentada por la
empresa solicitante conforme surge del informe obrante precedentemente y del
análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a
los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-
GCBA/2005 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en
el Registro Público de Lugares Bailables;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y por Ley Nº 2624/2007, promulgada por
Decreto Nº 2137/07,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5347 - 05/04/2018

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