Disposición N° 38/DGTALMEPHU/21

EmisorMinisterio de Espacio Público e Higiene Urbana
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 38/DGTALMEPHU/21
Buenos Aires, 12 de octubre de 2021
VISTO: La Ley Nº 70, los Decretos Nros. 263-GCABA/10 y 487-GCABA/14, RESOL-
2020-4523- GCABA-MHFGC, la Disposición Nº 82-DGCG/10, el Expediente
Electrónico N° 30381429-GCABA- DGTALMEPHU/21 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración
Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 263-GCABA/10 se creó el Sistema de Registro Contable
Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme reza el Decreto N° 487-GCABA/14, modificatorio de aquel, los bienes
de uso cuyo valor, tras los procesos de revalúo y depreciación, sea inferior al fijado por
el Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Hacienda y Finanzas, para la
incorporación al Módulo de Bienes del Sistema Integrado de Gestión y Administración
Financiera (SIGAF), podrán ser dados de baja con la emisión de una Disposición o
Resolución del titular de la repartición a la que correspondan, el que deberá ser
comunicado a la Contaduría General de la Ciudad del Ministerio de Hacienda y
Finanzas como órgano rector;
Que mediante la Resolución N° 4523-GCABA-MHFGC/20 se fijó a partir del 1° de
enero de 2021 el valor de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.000.-) a partir del
cual se deben incorporar al Módulo de Bienes del SIGAF los bienes de escaso valor,
las herramientas y los repuestos menores;
Que habiéndose producido un relevamiento de los bienes muebles pertenecientes a
esta Dirección General se advirtió que existen bienes cuyos valores, tras los procesos
de revalúo y depreciación se encuentran alcanzados por dicha norma legal; Que, en
consecuencia, a fin de cumplir con el mandato legal referido, por medio del presente
actuado tramita la baja de los bienes detallados en el Anexo I, que se agrega a la
presente;
Que conforme a las características de ciertos bienes se le dará la debida intervención
a la Agencia de Protección Ambiental (APRA);
Que por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
DISPONE:
Artículo 1º: Dispónese la baja de los bienes enumerados en el Anexo I (IF-2021-
30421171-GCABA-DGTALMEPHU) del Institucional Patrimonial 1.35.0.1.2183.0.0 -
DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL MEPHUGC del
Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera que forma parte integrante
de la presente, en virtud de su escaso valor.
Artículo 2°: Los aparatos electrónicos que estuvieran comprendidos en el mencionado
Anexo serán remitidos la Agencia de Protección Ambiental por lotes, a efectos de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6241 - 22/10/2021

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