Disposición Nº 378/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | BugarÃn |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 24.752.242/2016 y la Disposición N° 1671-DGIUR-2016, y
CONSIDERANDO:
Que, originariamente, por Disposición N° 1671-DGIUR-2016 del 21 de noviembre de
2016, se visaron los usos: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria,
etc.", en el inmueble sito en la Perú N° 649 Planta Baja, con una superficie 37,20m2,
correspondiente a la Zona 4d del Distrito APH 1;
Que, por nota obrante en el Informe Gráfico (N°34 de orden), el profesional
interviniente solicita la actualización de la Disposición, toda vez que en el IF-
25512502-DGIUR-2016 con fecha 17 de noviembre de 2016, por un error involuntario
se consignó en los Usos Solicitados: "(604270) Agencias comerciales de empleo,
turismo, inmobiliaria, etc". Por tal motivo se visaron los usos: "Servicios Terciarios:
Agencias comerciales de empleo, turismo, lotería, prode, inmobiliaria, avisos de
diarios, de trámites ante organismos descentralizados (604001/90/4270/72/604091)";
siendo el solicitado en la documentación presentada en dicho expediente: "(604270)
Agencia de lotería nacional, prode, etc.";
Que el uso solicitado: "(604270) Agencia de lotería nacional, prode, etc." se asimila a
los usos consignados permitidos en la zona "d" del Cuadro de Usos 5.4.12.1. del
C.P:U: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales de empleo, turismo, lotería, prode,
inmobiliaria, avisos de diarios, de trámites ante organismos descentralizados";
Que, teniendo en cuenta que no ha habido variaciones respecto de la superficie, la
dirección ni tampoco en la normativa vigente, que se han otorgado mediante IF-2016-
25512502-DGIUR, se accede al Visado del uso solicitado: "(604270) Agencia de
lotería nacional, prode, etc." para el inmueble sito en la calle Perú N° 649 Planta Baja,
con una superficie a habilitar de 37,20m2, considerando que el plazo previsto correrá a
partir de la fecha del presente dictamen;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
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