Disposición Nº 376/GCABA/DGIUR/16
Firmantes | BugarÃn |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 4 de Abril de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 6.477.075/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio minorista de ropa confeccionada, blanco, mantelería,
lencería, textiles en general, pieles, Comercio minorista de calzados en general,
artículos de cuero, talabartería, marroquinería, Comercio minorista de artículos de
perfumería y tocador, Comercio minorista de artículos personales y para Regalos" para
el inmueble sito en la Av. de Mayo N° 1341/43/47; Rivadavia N° 1340/42/469/50 Planta
Baja y Entre Piso. UF. N° 14, con una superficie a habilitar de 29,28 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la zona 10e Distrito APH1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección
Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
9524871-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos solicitados se encuadran dentro de los usos mencionados en el punto
anterior, los cuales son Permitidos en la zona 10e del Distrito de Zonificación APH 1
"Conjunto Avenida de Mayo", según Cuadro de usos 5.4.12.1 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que los usos consignados permitidos son: "Comercio minorista de Textiles, pieles,
cueros, artículos Personales, del hogar y afines. Regalos, Comercio minorista
Perfumería, artículos de limpieza y tocador";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Comercio...
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