Disposición N° 373/HGACD/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 373/HGACD/18
Buenos Aires, 29 de agosto de 2018
VISTO:
El Decreto N° 263/10 modificado por el Decreto N° 487/14, la Resolución N°
3857/MHGC/17, y el Expediente N° 23536908/2018
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 487/14 se modificó el artículo 7° del Anexo del Decreto N°
263/10 estableciendo que el relevamiento e inventario de la totalidad de los bienes,
estará a cargo de los servicios patrimoniales de cada organismo;
Que asimismo estableció que..." los bienes de uso cuyo valor, tras los procesos de
revalúo y depreciación, sea inferior al fijado por el Ministerio de Hacienda para la
incorporación al Módulo de Bienes SIGAF, podrán ser dados de baja con la emisión de
una Disposición o Resolución del titular de la repartición a la que correspondan, el que
deberá ser comunicado al Órgano Rector del presente sistema...",
Que ´por la Resolución N° 3857/MHGC/17 se fijó a partir del 1° de Enero de 2018, en
la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1500.-), el importe a partir del cual se
deben incorporar al Módulo de Bienes del SIGAF, los bienes de escaso valor, las
herramientas y los repuestos menores, de acuerdo con lo establecido por Decreto N°
263/10;
Que por encontrarse obsoletos, destruidos y/o deteriorados surge la necesidad de dar
de baja una serie de bienes de uso de esta repartición;
Que el valor de los mismos resulta ser inferior al establecido por la norma precitada;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 263/10, modificado
por el Decreto N° 487/14;
LA DIRECTORA
DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS CARLOS G. DURAND
DISPONE
Artículo 1°: Dese de baja del Inventario del Hospital General de Agudos Carlos G.
Durand, el listado de los bienes enumerados en el Anexo I (N° IF-23528387-HGACD-
2018), y el Anexo II (N° IF-23528384-HGACD-2018), que forman parte integrante de la
presente.
Artículo 2°: Solicítese el rol a la Dirección General de Contaduría a los fines del
registro de la baja de los bienes precitados en el módulo SIGAF WEB
Artículo 3°: Los aparatos electrónicos que estuvieran comprendidos en los Anexos
mencionados, serán remitidos a la APRA por lotes a efectos de recibir el adecuado
tratamiento físico de disposición final en atención a la gestión ambiental.
Artículo 4°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Fernández
Alonso
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5450 - 05/09/2018

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