Disposición N° 37/SGA/19

EmisorMinisterio Público de la Defensa
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.º 37/SGA/19
Buenos Aires, 18 de marzo de 2019
VISTO
La Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, y el
Expediente DP Nº 150/19 del registro de este Ministerio Público de la Defensa, y;
CONSIDERANDO:
I.- Que, mediante la Contratación Directa Nº 18/19, tramita la provisión del servicio de
Difusión Institucional de este Ministerio Público de la Defensa con FRANCO
SPINETTA, en el portal web www.almagrorevista.com.ar, hasta el 31 de diciembre de
2019;
II.- Que, la mencionada contratación tiene por objeto la difusión institucional de las
actividades desarrolladas por este Ministerio Público, y los servicios que presta a la
comunidad a fin de garantizar el acceso a la justicia;
III.- Que, la presente contratación está prevista en el Plan Anual de Compras y
Contrataciones 2019, aprobado por Resolución DG N° 90/2019;
IV.- Que, del presupuesto presentado por el oferente FRANCO SPINETTA, surgen las
características y condiciones del servicio y la cotización del mismo, cuyo monto
asciende a la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) mensuales, hasta el 31 de
diciembre del corriente año;
V.- Que, el oferente FRANCO SPINETTA, presentó la totalidad de la documentación
exigida por el ordenamiento normativo a los fines de la adjudicación del servicio;
VI.- Que, la contratación que se propone refiere a un servicio profesional a prestarse a
través de un sistema tecnológico a desarrollar por personas o empresas
especializadas, en el caso por, el oferente FRANCO SPINETTA, encuadrando de tal
manera en el procedimiento de contratación directa previsto en el art. 28, inc. 4° de la
Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, que admite el sistema de contratación
directa “cuando se trate de obras, bienes o servicios científicos, técnicos, tecnológicos,
profesionales o artísticos cuya ejecución solo puede ser confiada a empresas,
personas o artistas especializados o de reconocida capacidad y experiencia,
independientemente de la personería que revisten”;
VII.- Que, la Dirección de Presupuesto realizó la afectación presupuestaria, de acuerdo
a lo establecido en la Ley Nº 70;
VIII.- Que, conforme lo establece el art. 13 de la reglamentación de la Ley Nº 2095,
aprobada mediante Resolución CCAMP Nº 53/2015, la aprobación y la adjudicación de
la contratación hasta cien mil (100.000) unidades de compra, -esto es hasta la suma
de pesos dos millones ($ 2.000.000), por aplicación del art. 27, apartado b) de la Ley
6068 (Presupuesto para el Ejercicio Económico 2019) que establece que cada unidad
de compra es igual a pesos veinte ($ 20,00)-, es competencia del titular de la Unidad
Operativa de Adquisiciones, atribución que por Resolución DG Nº 197/15 ha recaído
en el suscripto, quien se encuentra asimismo, en virtud del monto por el que se
adjudicará la contratación, facultado para suscribir la correspondiente orden de
compra;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5581 - 20/03/2019

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