Disposición N° 37/DGDGAS/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 37/DGDGAS/21
Buenos Aires, 15 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros 33.313 y 43.273 (textos consolidados
por Ley N° 6.347) los Decretos Nros. 3.142/89, 463-GCABA/19 y 337-GCABA/21, las
Disposiciones Nro. 9-GCABA- DGDGAS/17, 23-GCABA-DGDGAS/19, su modificatoria
43-GCABA-DGDGAS/19 y 35-GCABA-DGDGAS/21, el Expediente Electrónico N° EX-
32928074-GCABA-DGDGAS/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,
entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/21 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, estableciéndose a la
Dirección General de Desarrollo Gastronómico de la Subsecretaría de Políticas
Gastronómicas dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que es dable señalar que mediante Decreto Nº 337-GCABA/21 se creó en el ámbito
de la Dirección General de Desarrollo Gastronómico a la Gerencia Operativa de
Mercados y Patios Gastronómicos, que entre sus competencias se encuentran las de
“Planificar y administrar la organización de Mercados Gastronómicos y los Centros de
Abastecimiento Municipal (CAM) Nº 72, sito en la Avda. Córdoba 1750, y Nº 128, sito
en la calle Juramento 2527, y el Mercado Gastronómico “Marcelo T. de Alvear”, sito en
la calle Bonpland 1660 (...) planificar y elaborar un plan de uso del espacio referido a
dichos mercados (...) participar en la organización de mercados bajo su competencia,
y/o reubicados por razones de interés general (...) intervenir en el otorgamiento y la
revocación de permisos a los mercados gastronómicos, fiscalizar su funcionamiento y
coordinar su actividad, de acuerdo a las normas vigentes en la materia”;
Que por su parte, cabe recordar que el otorgamiento de los permisos de uso precario
en los Centros de Abastecimiento Municipales se encuentra regulado por las
Ordenanzas Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario N° 3142/89;
Que en relación a ello, mediante Disposición N° 9-DGDGAS/17, la entonces Dirección
General Desarrollo Gastronómico aprobó el Procedimiento Administrativo de Solicitud
de Permiso de Uso de Local en un Mercado Gastronómico o Centro de Abastecimiento
Municipal (CAM), en donde se estableció la documentación requerida en el marco de
dicho procedimiento;
Que mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N° 43-
GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de Abastecimiento
Municipal;
Que por Disposición N° 35-GCABA-DGDGAS/21, se declaró abierta la convocatoria
para ocupar el local N° 70 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 128 CAM -
”Mercado de Belgrano”
Que tal como surge del Informe IF N° 35100942-GCABA-DGDGAS/21, la Gerencia
Operativa de Mercados y Patios Gastronómicos dependiente de esta Dirección
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6266 - 29/11/2021

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