Disposición N 74/GCABA/DGTALINF/12

FirmantesScodellaro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal - Asinf
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ASINF

DISPOSICIÓN N 74/GCABA/DGTALINF/12SE PRORROGA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LAS HERRAMIENTAS COLABORATIVAS INCORPORADAS AL CORREO ELECTRÓNICO

Buenos Aires, 03 de mayo de 2012

DISPOSICIÓN N.° 74/DGTALINF/12

Buenos Aires, 3 de mayo de 2012

VISTO

la Ley N° 2.095, el Decreto N° 754-08, el Expediente N° 242.914/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto tramita del "Servicio de Mantenimiento y Soporte Preventivo y Correctivo para las herramientas colaborativas incorporadas al correo electrónico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" por un período de doce (12) meses;

Que por Disposición N° 8-DGTALINF-11 se aprobó la Contratación Directa N° 531/SIGAF/2.011, se adjudicó el Renglón N° 1 Pert Consultores S.R.L. por la suma de pesos sesenta y seis mil ($ 66.000.-) por el plazo de doce (12) meses, emitiéndose la orden de compra n° 14618/2011, entregada con fecha 8 de abril de 2.011;

Que por Cédula N° 69-ASINF-2012 se solicitó a la empresa adjudicada la aceptación de la prórroga de la orden de Compra emitida a su favor por el término de seis (6) meses, según lo estipulado en el art. 117 inc. III) de la Ley N° 2.095;

Que de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases de Condiciones y Particulares, el plazo de duración del contrato es de doce (12) meses y el plazo de entrega es cinco (5) días corridos a partir de la recepción de la orden de compra;

Que la fecha de inicio de ejecución del referido contrato se produjo el día 14 de abril de 2.011, finalizando su plazo de duración el día 14 de abril de 2.012;

Que a fs. 86 obra la presentación de la proveedora en la que manifiestan la aceptación de la prórroga de la orden de compra solicitada;

Que el art. 117 de la Ley N° 2.095 establece como facultad del organismo contratante que: "una vez...

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