Disposición N° 3631/DGDYPC/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 3631/DGDYPC/20
Buenos Aires, 11 de junio de 2020
VISTO: El Expediente Electrónico N° 29217538-GCABA-DGDYPC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de Alicia Bibiana Soto, DNI 14.309.654,
contra Romina Flavia Justo, CUIT 27-25999577-4, por presunta infracción al rito;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 08/10/2019 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que
las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2019-39184524-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Romina Flavia Justo se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 5788;
Que por providencia PV-2020-02649712-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción al artículo 9 inciso f) de la Ley 941;
Que debidamente notificada, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a
resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 9 inciso f) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9º.-
Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: (...) f.
Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los
consorcistas a la misma. (...)”;
Que dicha imputación tuvo lugar a partir de los correos electrónicos de fechas
06/09/2019, 07/09/2019, 30/10/2019, 31/10/2019 y 01/11/2019, por medio de los
cuales se requirió la puesta a disposición de diversos documentos relacionados con el
devenir diario del inmueble ubicado en la calle Santiago del Estero 1172 -facturas por
deuda mantenida con AySA, comprobantes por gastos varios, Libros del Consorcio,
etc.-; a pesar de ello, por parte de la denunciada no habría mediado respuesta
satisfactoria al respecto;
Que en el descargo presentado se asegura que, días previos a la realización de la
Asamblea de copropietarios -de fecha 18/12/2019- en la que se aprobó la
correspondiente rendición de cuentas, la denunciante se presentó en sus oficinas y
tomó vista de toda la documentación vinculada con el Consorcio citado supra,
alegando que tal circunstancia demuestra que la requirente tuvo acceso a los
documentos en cuestión. Además, manifiesta desconocer “... los intercambios de mails
que mencionan en la providencia que me hicieran llegar en la cual niego el acceso a la
información, por no constarme.-”;
Que en función de los dichos de la administradora, corresponde analizar su
vinculación con los correos electrónicos cuya existencia afirma no constarle, debiendo
señalarse que la totalidad de los mails que motivaron el auto de imputación fueron
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6452 - 01/09/2022

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