Disposición N° 363-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 363/DGIUR/18
Buenos Aires, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 6.219.006/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Café Bar"; "Casa de lunch"; "Despacho de bebidas. Whisqueria,
cervecería" y "Restaurante - cantina", para el inmueble sito en la calle Balcarce Nº
761- Planta Baja - Planta Subsuelo - UF Nº 1 y 2 esquina San Lorenzo, con una
superficie a habilitar de 136,90 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2b del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº
1.181-GCBA-2007, con Nivel de Protección General;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
6903887-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en
el Distrito de Zonificación APH1, Zona 2b;
Que los usos consignados permisitos son: "Alimentación en general, restaurant,
cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc." Resulta Permitido y para
estacionamiento con el numeral "26" (Salón de 600m o más: 20% de la superficie total
construida) y "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos." resulta Permitido;
Que la referencia para estacionamiento "26" no es obligatorio cumplirla ya que el salón
tiene menos de 600m2, según "Referencias Cuadro De Usos Nº 5.4.12.1 Distrito
APH1“;
Que respecto a la localización de publicidad, no se visa, según lo expresado por el
profesional en Nº de orden 11;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Café Bar"; "Casa de lunch"; "Despacho de bebidas. Whisqueria, cervecería" y
"Restaurante - cantina", para el inmueble sito en la calle Balcarce Nº 761- Planta Baja -
Planta Subsuelo - UF Nº 1 y 2 esquina San Lorenzo, con una superficie a habilitar de
136,90 m², (Ciento treinta y seis metros cuadrados con noventa decímetros
cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación
para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5342 - 26/03/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR