Disposición Nº 359/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 27.509.860/16 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar

el uso: "Comercio Minorista: de ropa confeccionada, lencería, blanco, mantel, textiles

en gral. y pieles; calzados en gral., artículos de cuero, talabartería, marroquinería;

artículos personales y para regalos" para el inmueble sito en la calle Báez N° 702, P.B

y EP - U.F. N° 17, con una superficie de 46.70 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 39 "Corredor Luís María Campos

entre Olleros y Av. Dorrego" de Zonificación General del Código de Planeamiento

Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. El inmueble se

encuentra Catalogado con Nivel de Protección General;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del IF N° 50701667-DGIUR-2017, hace saber que, en relación

con la normativa vigente, el Distrito APH39 "Corredor Luis María Campos entre Olleros

y Av. Dorrego" se regirá por el parágrafo 5 "Usos", ítem 5.2. "Usos en inmuebles no

catalogados", establece: "...Son los que resulten de aplicar las disposiciones del

Cuadro de Usos 5.2.1 para el Distrito R2aI, con excepción de la Manzana 16B,

Sección 23 Circunscripción 17, para la cual son los que resulten de aplicar las Artículos 1 a 4

disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1para el Distrito R1a...";

Que el Cuadro de Usos 5.2.1 a), consigna los usos permitidos y las restricciones que

condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos de

estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda a los distintos

distritos de Zonificación en que se subdivide la Ciudad;

Que los usos "Comercio Minorista de Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco,

Mantelería, Textiles en General y Pieles", "Comercio Minorista de Calzados en

General, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería" y "Comercio Minorista de

Artículos Personales y para Regalos, se encuentran comprendidos dentro de la Clase:

A, Descripción: Local Comercial s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga,

en los Rubros: "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines.

Regalos. Ley N° 123 S.R.E.", permitido hasta 500m2 de superficie, en el Distrito R2aI;

Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la

habilitación de los mismos;

Que no se visa publicidad;

Que toda...

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