Disposición N° 29/GCABA/08
Firmantes | Nebel |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 24 de Enero de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPOSICIÓN N° 29/ GCABA/ 08
Se intima a Gaoma S.A. a presentar documentación
Buenos Aires, 24/01/2008
Visto el Expdiente N° 4.828/07, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126), ratificado por Resolución N° 103-LCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2463) y N° 2 (B.O.C.B.A. N° 2136) ratificado por Resolución N° 104-LCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2463), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2194), la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07 y
CONSIDERANDO:
Que, por Expediente N° 4.828/07 el Sr. Rubén Omar Mautone, en su carácter de apoderado de la firma Gaoma S.A., solicitó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local de baile con nombre de fantasía La López, sito en la calle Vicente López 2152, P.B., P.A., SS y azotea de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el local mencionado posee habilitación otorgada por Expediente N° 36.350/06 para los rubros Local de Baile Clase C - actividad complementaria, confitería, despacho de bebidas, whisquería, cervecería, café bar, casa de lunch, restaurante, cantina;
Que a los fines de resolver el pedido de inscripción, la documentación suministrada por el responsable, fue evaluada por la Comisión de Análisis creada por Resolución N° 3-SSCC/05, integrada por los representantes de las Direcciones Generales intervinientes;
Que del análisis realizado por la Comisión, que obra a fojas 97 del expediente en cuestión, se desprende que el peticionante no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente;
Que a fojas 98, en fecha 10 de mayo de 2007 comparece la Sra. Liliana Graciela Castiglioni, en su carácter de apoderada de la firma Gaoma S.A., según poder que luce a fojas 84/86, y se notifica del informe de la Comisión de Análisis;
Que desde esa fecha la empresa peticionante no ha agregado la documentación faltante, lo que imposibilita continuar con el análisis del pedido de inscripción solicitado. Ello, sin perjuicio de que la documentación oportunamente presentada a la fecha se encuentra vencida,
Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por la Ley N° 2.624,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
DISPONE:
Intímese a la firma Gaoma S.A., titular del local con nombre de...
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