Disposición Nº 35/GCABA/DGGAYE/14

FirmantesRoldán
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2014

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, las Leyes 2624

y 4013, el Código de Edificación 6.3.1 y ss, los Decretos N° 1510/97, 2075/07, 55/10,

660/11 y 396/1 y EE N° EX-2014- 11472469-MGEYA-DGGAYE;

CONSIDERANDO:

Que el día 29 de julio del corriente año el Arquitecto Marcelo Bovalina, profesional de

la Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y

Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió por pedido N°

2014/00034202 ingresado por línea 103 a la propiedad ubicada en la calle Río Cuarto

1529/31, C.A.B.A., a efectos de realizar una inspección edilicia sobre dicha finca;

Que de lo informado por el profesional actuante, se trata de una "propiedad de planta

baja entre medianeras. Posee mampostería portante y cubierta metálica. El inmueble,

cuya construcción es de vieja data, presenta distintos tipos de deterioros provocados

por degradación de materiales con el transcurso del tiempo concurrentemente con

ausencia de mantenimiento";

Que en la referida inspección se constató "la existencia de importante socavón en

sector depósito y garage, con entrada por el N° 1531, con daños en paredes

(compatible con un descenso diferencial) y en las instalaciones de desagüe pluvial y/o

cloacal del inmueble. Además se aprecia la pérdida de consolidación del suelo en la

pared sobre L.O. y en la pared medianera con finca Río Cuarto 1537/39, junto con

descalce de parte de la fundación de las mismas";

Que en dicha inspección se labró acta de notificación N° 818/DGGAYE/2014,

habiéndose concurrido nuevamente con fecha 6/08/2014, oportunidad en la que,

mediante acta N° 855/DGGAYE/2014 se indicó el retiro de la carga (mercadería)

apoyada en el sector de del depósito que posee socavón;

Que con fecha 8/08/2014 concurren al inmueble la arquitecta Miriam Corak y el

M.M.O. Carlos Vázquez, a fin de efectuar una nueva verificación. De su informe

técnico se desprende que "considerando que ha transcurrido un plazo más que

prudencial desde la notificación y que dada la gravedad de la situación no se admite

dilación alguna en dar solución a las patologías señaladas proceden a realizar la

clausura inmediata y preventiva de la totalidad del sector depósito y garage (...)";

Que no encontrándose dadas las mínimas condiciones de seguridad estructural, se

procedió a la clausura inmediata y preventiva del sector garage y depósito del

inmueble, la que...

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