Disposición Nº 35/GCABA/DGGAYE/14
Firmantes | Roldán |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias |
Fecha de la disposición | 14 de Agosto de 2014 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, las Leyes 2624
y 4013, el Código de Edificación 6.3.1 y ss, los Decretos N° 1510/97, 2075/07, 55/10,
660/11 y 396/1 y EE N° EX-2014- 11472469-MGEYA-DGGAYE;
CONSIDERANDO:
Que el día 29 de julio del corriente año el Arquitecto Marcelo Bovalina, profesional de
la Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y
Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió por pedido N°
2014/00034202 ingresado por línea 103 a la propiedad ubicada en la calle Río Cuarto
1529/31, C.A.B.A., a efectos de realizar una inspección edilicia sobre dicha finca;
Que de lo informado por el profesional actuante, se trata de una "propiedad de planta
baja entre medianeras. Posee mampostería portante y cubierta metálica. El inmueble,
cuya construcción es de vieja data, presenta distintos tipos de deterioros provocados
por degradación de materiales con el transcurso del tiempo concurrentemente con
ausencia de mantenimiento";
Que en la referida inspección se constató "la existencia de importante socavón en
sector depósito y garage, con entrada por el N° 1531, con daños en paredes
(compatible con un descenso diferencial) y en las instalaciones de desagüe pluvial y/o
cloacal del inmueble. Además se aprecia la pérdida de consolidación del suelo en la
pared sobre L.O. y en la pared medianera con finca Río Cuarto 1537/39, junto con
descalce de parte de la fundación de las mismas";
Que en dicha inspección se labró acta de notificación N° 818/DGGAYE/2014,
habiéndose concurrido nuevamente con fecha 6/08/2014, oportunidad en la que,
mediante acta N° 855/DGGAYE/2014 se indicó el retiro de la carga (mercadería)
apoyada en el sector de del depósito que posee socavón;
Que con fecha 8/08/2014 concurren al inmueble la arquitecta Miriam Corak y el
M.M.O. Carlos Vázquez, a fin de efectuar una nueva verificación. De su informe
técnico se desprende que "considerando que ha transcurrido un plazo más que
prudencial desde la notificación y que dada la gravedad de la situación no se admite
dilación alguna en dar solución a las patologías señaladas proceden a realizar la
clausura inmediata y preventiva de la totalidad del sector depósito y garage (...)";
Que no encontrándose dadas las mínimas condiciones de seguridad estructural, se
procedió a la clausura inmediata y preventiva del sector garage y depósito del
inmueble, la que...
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