Disposición N° 35-DGORU/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 35/DGORU/18
Buenos Aires, 24 de enero de 2018
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, el Decreto N° 1.254/08, el Decreto
203/16, las Resoluciones N° 158-SSUEP/16 y N° 199-SSUEP/16, la Disposición N°
206-DGCG/17, los Expedientes Electrónicos N° 19659418-MGEYA-DGRU/16 y Nº
24085007-MGEYA-DGORU/17, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente N° 19659418-MGEYA-DGRU/16, tramitó la contratación de la
Licitación Pública N°1020/SIGAF/2016, - ENTORNO URBANO LA BOCA - al amparo
de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y el Decreto N°
1.254/08;
Que por Resolución N° 158-SSUEP/16 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares
para la contratación de la obra de referencia;
Que por Resolución N° 199-SSUEP/16 fue adjudicada la obra a la firma CUNUMI S.A.
por un monto de PESOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y
SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS con 67/100 ($ 29.577.492,67);
Que con fecha 30 de diciembre de 2016 se labró la correspondiente Acta de Inicio de
Obra y con fecha 24 de enero de 2017 se labró orden de comienzo, en donde se dejó
asentado el comienzo de los trabajos siendo el plazo de ejecución de obra de OCHO
(8) meses conforme al artículo 2.1.6.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que, por nota recibida con fecha 22 de septiembre de 2017, la empresa CUNUMI S.A.
solicitó una ampliación de plazo de obra de SESENTA Y NUEVE (69) días corridos y
presentó para su aprobación el Balance de Economías y Demasías N° 1, el Plan de
Trabajos, la Curva de Inversión adecuado al nuevo plazo como así también el Análisis
de Precios;
Que tal como surge del Informe Técnico de la Inspección de Obra (IF-2018-02296976-
DGORU), esta manifestó que durante el transcurso de la obra surgió la necesidad de
realizar ciertos cambios en el proyecto originario;
Que, en tal sentido, informó que la Dirección General de Regeneración Urbana solicitó
que no se colocara la placa acrílica del mural del Museo Benito Quinquela Martin por
pedido de los representantes de dicho museo;
Que por otro lado, la Inspección resolvió necesario generar una demasía del ítem del
obrador, depósitos sanitarios y oficina de inspección de obra, como así también el de
vigilancia y seguridad en obra como consecuencia de la ampliación de plazo que fue
necesaria a los fines de cumplir con los cambios de proyecto informados, teniendo en
cuenta lo allí manifestado;
Que asimismo, y a los fines evitar la inundación de los locales comerciales y viviendas
de los frentistas, la Inspección decidió generar demasías el trabajo de demolición de
piso y contrapiso existente;
Que por otra parte, y en virtud de los cambios de proyectos requeridos por la Dirección
General de Regeneración Urbana, se debieron construir pasarelas peatonales
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5337 - 19/03/2018

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