Disposición Nº 347/GCABA/DGCACTYSV/16

FirmantesPietrafesa
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirecciÓN General Cuerpo de Agentes de Control de TrÁNsito y Seguridad Vial
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2016

VISTO:

La Ley N° 471, Decreto N° 184-2010, Disposicion N° 12/2010, el Expediente N°

13283636/2016 y,

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Electrónico N° 13283636 se inician las actuaciones respecto de

los Agentes BONFFANTINO, Patricia FC. N° 472.167, PAZOS, Claudia FC. N°

472.161 y COLOMBO, Jonathan DNI 35.161.629;

Que se procede conforme a la normativa vigente solicitando informes de superiores

inmediatos de los denunciados, terceras personas y el descargo de los mismos, a fin

de sancionar tal conducta que motiva la presente;

Que mediante el informe realizado por el Coordinador General del Departamento de

alcoholemia y estupefacientes, el Sr. Ribao Gerardo FC. N° 443.363 obrante a los

presentes, se toma debido conocimiento sobre la situacion de que reviste el equipo

analizador de estupefacientes, marca "Drager" s/n ARHA 0047 (denominado

internamente como Kit 3) el cual sufrio varios daños, como ser rayon parte frontal

izquierda, rayon en el sosten de agarre, desprendimiento del panel de plastico lado

derecho, suciedad en varias partes del mismo (hollin recubriendo el mismo);

Que finalizado el operativo de alcoholemia del sabado 7 de Mayo de 2016, siendo las

4.19 hs. se ingresa el kit N° 3 al departamento de alcoholemia y estupefacientes, y se

observa que el mismo presenta daños y golpes; procediendo en ese instante a poner

en conocimiento a la coordiandora del turno noche, quien previa constatacion da aviso

a la supervisora, y esta esta ultima conocimiento a los agentes internvinientes;

Que segun se desprende de los informes y/o descargos que forman parte de estas

actuaciones electronicas, se arriba a la conclucion que no se llevaron a cabo las

diligencias pertinentes, en cuanto a la verificación del aparato a la hora de retirarlo

para realizar el correspondiente operativo en la via publica, como asi tambien a la hora

de entregarlo;

Que en ese sentido, resultaria a prima facie determinar que la Supervisora Bonffantino,

como los agentes integrantes del departamento de alcoholemia y estupefacientes, no

ha tomado los recaudos necesarios a fin de corroborar el estado del kit a su entrega,

como a su recepcion, resultando consecuentemente al fin de la jornada que el mismo

aparecion con daños y golpes, no pudiendo establecer en que momento fue, producto

de la anomalia de constatacion del mismo;

...

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