Disposición N° 347/DGCYC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 347/DGCYC/21
Buenos Aires, 27 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley N° 6347), el Expediente
Electrónico N° 07892416- GCABA-SSFPFC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 17118857/GCABA-DGCYC/2019 se autorizó el Servicio de
Elaboración y Distribución de Comidas destinados a los Beneficiarios y Personal
autorizado de los Efectores de los Programas a cargo de la Dirección General de la
Mujer, Dirección General de Niñez y Adolescencia y Dirección General de Políticas
Sociales en Adicciones dependientes de la Subsecretaría de Promoción Social del
Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, con la correspondiente Provisión de
Productos a Granel;
Que por Expediente Electrónico N° 07892416-GCABA- SSFPFC -2019, la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano Hábitat
eleva el Acta de Incumplimiento Nº 2 de fecha 30/12/2020- Unidad Nutrición y Control
del Servicio Alimentario- por la cual da cuenta de las contravenciones del Pliego de
Bases y Condiciones consistente en: “entregar mercadería y/o preparaciones con
alguna contaminación física” “...el día 11 de diciembre del corriente, se entregó la
guarnición tortilla de verdura con un insecto, conforme lo informado en la nota que se
adjunta por la coordinadora del dispositivo, Claudia Abelenda.” (IF-2021-08072651-
GCABA-SSFPFC, página N° 3), en las que incurrió la firma BAGALÁ S.A. adjudicataria
de la Orden de Compra Abierta N° 623-0232- OCA19, Licitación Pública N° 623-0895-
LPU19;
Que tales incumplimientos fueron enmarcados dentro de las causales de penalidades
previstas por las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones en su
Artículo 76º Inc. 2.6.- Por entregar mercadería y/o preparaciones con alguna
contaminación física;
Que el organismo incurrió, al momento de la confección del Acta N° 2, en un error
material al identificar el artículo aplicable por cuanto señaló “artículo 76” cuando debió
haber consignado “artículo 71” (PLIEG-2019-22744225-GCABA-SSPSOC);
Que sentado ello corresponde indicar que el Artículo 71° establece la cantidad de
raciones que le corresponden como penalidad a cada incumplimiento y el 73°
consigna: “ El monto asignado a cada penalidad en particular se establece en base a
cantidad de raciones a precio redeterminado a la fecha de sanción. El valor de la
sanción corresponde siempre al precio de la ración de almuerzo “Comida Cocido 12+
años - adolescente/adultos;
Que previo a la aplicación de penalidades se efectuaron las correspondientes
notificaciones toda vez que el Organismo Usuario remitió a la prestataria la pertinente
cédula de notificación. (IF-2021-08072651-GCABA-SSFPFC, página N° 4/5);
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat mediante Informe N° IF-2021-11538734-GCABA-DGTALMDHYHGC
da cuenta de las irregularidades detectadas en el menú recibido el día 11 de diciembre
de 2020 en el Refugio Mariquita Sanchez de la Dirección General de la Mujer, en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6142 - 07/06/2021

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