Disposición N 131/GCABA/DGHP/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Habilitaciones y Permisos
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

DISPOSICIÓN N 131/GCABA/DGHP/11SE RENUEVA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES AL LOCAL QUE OPERA CON NOMBRE DE FANTASÍA THE SUB

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2011

DISPOSICIÓN N.° 131/DGHP/DGFYC/DGFYCO/11

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2011

VISTO:

el expediente N° 40.833/2008, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05 (BOCBA N° 2126) y N° 02-GCBA/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 56-SSCC/05 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 13-SSCC/06 (BOCBA N° 2370), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA N° 2521), la Resolución N° 12-SSCC/06, la Ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N° 2137/07 y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sra. Marta Savino (LC 5.482.024) invocando su condición de Presidente de la firma IRONBULL SA solicitó renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05, para el local ubicado en Av. Córdoba N° 543 (PB, 1° y 2° SS) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que desarrolla su actividad con nombre de fantasía THE SUB conforme constancia obrante a fs. 508;

Que, dicho local posee habilitación a nombre de IRONBULL S.A. por expediente N° 86.118/07 concedida para el rubro local de baile clase "C" actividad complementaria conforme constancia obrante a fs. 407 y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 101 por Disposición Conjunta N° 100/08 de fecha 14 de Noviembre de 2008, otorgándose una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas quince (415) personas;

Que, mediante Disposición Conjunta N° 101/09 obrante a fs. 258 y Disposición Conjunta N° 131/10 obrante a fs. 432, se renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido por el término de un (1) año;

Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs. 579/80;

Que, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;

Por ello y, en uso de las facultades dispuestas en la ley N° 2624/07...

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