Disposición N 128/GCABA/DGHP/11
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Habilitaciones y Permisos |
Fecha de la disposición | 11 de Noviembre de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
DISPOSICIÓN N 128/GCABA/DGHP/11SE OTORGA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES AL LOCAL QUE OPERA CON NOMBRE DE FANTASÍA CLUB 74
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2011
DISPOSICIÓN N.° 128/DGHP/DGFYC/DGFYCO/11
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2011
VISTO:
el expediente N° 10836/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 02-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la Resolución N° 12-SSCC-2006, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007, y
CONSIDERANDO:
Que, por Disposición Conjunta N° 122/DGHP-DGFyC-DGFyCO/11, de fecha 04 de noviembre de 2011, se dispuso la suspensión de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, del local perteneciente al Sr. Miguel Ángel MAURO y Ernesto José Julio MAURO, ubicado en Av. Pte. Figueroa Alcorta N° 7474, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "CLUB 74",
Que, el local posee habilitación por Expediente N° 184.407/1969, concedida para el rubro local de baile clase "B" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 055/05, por Disposición Conjunta N° 065/05 de fecha 18 de mayo de 2005;
Que, por Disposición Conjunta N° 076/06 de fecha 1° de junio de 2006, obrante a fojas 231, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de ciento ochenta (180) personas;
Que, mediante Nota N° 1975464/DGDCIV/2011, la Dirección General de Defensa Civil puso en conocimiento a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos que se había revocado la Constancia de Evaluación Positiva otorgada oportunamente; circunstancia que amerito disponer la suspensión preventiva del establecimiento en el Registro Público de Lugares Bailables, hasta tanto regularice la situación mencionada;
Que, en fecha 9 de noviembre de 2011, se presenta el titular y presenta nueva Constancia de Evaluación Positiva N° 5203-DGDCIV-11 de fecha 09 de noviembre de 2011, con vencimiento 06 de noviembre 2012;
Que, la documentación aportada por el solicitante, fue evaluada por la Dirección Registro Público de Lugares Bailables a los fines de disponer el...
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