Disposición N° 340/HBR/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición18 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 340/HBR/18
Buenos Aires, 10 de julio de 2018
VISTO:
El E.E. Nº: 2018-14447628-MGEYA-HBR y las competencias otorgadas por el Decreto
566/2010, en su artículo 6º, (B. O. C. B. A Nº 3468 de fecha 26/07/2010); y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados el Hospital BERNARDINO RIVADAVIA, dependiente
del Ministerio de Salud, gestiona la autorización para el ingreso de: UN EQUIPO
SISTEMA DE INMUNOENSAYO POR QUIMIOLUMINISCENCIA MODELO ACCESS
2-BECKMAN COULTER ANMAT Nº: 007970 provisto por la firma BIODIAGNOSTICO
SA,
Que, dicha gestión se formuló, toda vez que en la LICITACION PUBLICA Nº: 431-
0766-18, la cual tramita por Expediente Nº: 2018-14447628-MGEYA- HBR, en las
condiciones ofertadas se encontraba incluida la provisión de insumos para la
utilización de los equipos en cuestión, cuyas características y documentación obran en
la oferta presentada por el proveedor;
Que, se da cumplimiento a lo solicitado por Memorandum Nº: 18/DGAD/2009, obrando
el Pliego de Bases y condiciones Generales y Particulares que rige el proceso
licitatorio, como así también las características y especificaciones técnicas de los
aparatos en cuestión, de acuerdo a la oferta presentada por la firma:
BIODIAGNOSTICO SA,
Que obra el Acta de Asesoramiento del servicio de fecha 15/06/2018, donde se
manifiesta que la oferta de la firma BIODIAGNOSTICO SA, se ajusta a lo solicitado,
Que, la firma ha manifestado en nota obrante en el expediente que se hace cargo del
seguro del equipo;
Que, teniendo en cuenta los términos del Artículo 6º del Decreto 566/2010,
corresponde a esta Dirección autorizar la permanencia de los bienes recibidos en
préstamo, ordenando al propio tiempo que este establecimiento asistencial efectúe la
comunicación patrimonial respectiva;
Que, en razón de ello, corresponde autorizar el ingreso y la permanencia en el
establecimiento asistencial de los equipos de que se trata recibidos en préstamo, porel
término de vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la
LICITACION PUBLICA Nº: 431-0766-LPU18 o hasta el consumo total de los insumos
entregados en cumplimiento de dicha Orden de Compra;
Que, una vez operado el vencimiento del término precedentemente indicado, el
establecimiento asistencial respectivo deberá proceder al reintegro de los equipos a su
propietario, ello bajo debida constancia;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias ;
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL BERNARDINO RIVADAVIA
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERTATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5416 - 18/07/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR