Disposición N° 897/GCABA/DGCCA/07
Firmantes | Figoli - Romero (A/C) - Yacachury (A/C) |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Dirección General Control de la Calidad Ambiental |
Fecha de la disposición | 23 de Mayo de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPOSICIÓN N° 897/ GCABA/ DGCCA/ 07
- GABRIEL DOVINEAU - REINSCRIBE BAJO EL N° 59 EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE
Buenos Aires, 23/05/2007
Visto los términos de la Ordenanza N° 45.593, el Decreto reglamentario N° 2.045/93 y el Expediente N° 1.233/95, ant. 3,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto reglamentario N° 2.045/93, oportunamente presentada por Gabriel Alberto Dovineau, con domicilio en Av. Castro Barros 1785, P.B. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable, otorgada por el Expediente N° 7.524/03 a nombre de Gabriel Alberto Dovineau;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Laura Buzzin, DNI 11.593.163, de profesión bioquímica, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el N° 369;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 2.045/93;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 11 del cual surge que Gabriel Alberto Dovineau no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
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