Disposición N° 1280/GCABA/DGCCA/06

FirmantesFigoli-Vispo
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General Control de la Calidad Ambiental
Fecha de la disposición15 de Junio de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 1280/ GCABA/ DGCCA/ 06

JAMPER SANEAMIENTO AMBIENTAL SE LA REINSCRIBE EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE

Buenos Aires, 15/06/2006

Visto los términos de la Ordenanza N° 45.593, el Decreto reglamentario N° 2.045/93 y el Expediente N° 24.890/99, ant. 2,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto reglamentario N° 2.045/93, oportunamente presentada por Juan Manuel Suárez, con domicilio en la Av. Monroe 3820, P.B. 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresas de limpieza de edificios; empresa de desinfección y desratización; empresa de pintura, decoración y yesería; reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N° 56.306/99 a nombre de Juan Manuel Suárez;

Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Eduardo Oscar Sabio, DNI 10.991.345, de profesión ingeniero agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el N° 299;

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 2.045/93;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 1.410 del cual surge que Juan Manuel Suárez no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;

Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

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