Disposición N° 1326/GCABA/DGCCA/06

FirmantesFigoli-Vispo-(A/C)
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General Control de la Calidad Ambiental
Fecha de la disposición22 de Junio de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 1326/ GCABA/ DGCCA/ 06

SAÑEAR SRL - SE LA REINSCRIBE EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN - REGISTRO N° - PLAZA 728, PB, OF 2

Buenos Aires, 22/06/2006

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 95.204/94, ant. 6,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Sañear S.R.L., con domicilio en la calle Plaza 728, P.B., of. 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de limpieza de edificios; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable; empresa de desinfección y desratización; reparación y mantenimiento de edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N° 4.706/96 a nombre de Sañear S.R.L.;

Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Mario Ernesto Quaglia, DNI 11.451.063, de profesión licenciado en ciencias químicas, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.080;

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 8.151/80;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 646 del cual surge que Julio Giacomuzzi y Adriana Flamini no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;

Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;

Por ello...

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