Disposición N° 1326/GCABA/DGCCA/06
Firmantes | Figoli-Vispo-(A/C) |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Dirección General Control de la Calidad Ambiental |
Fecha de la disposición | 22 de Junio de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPOSICIÓN N° 1326/ GCABA/ DGCCA/ 06
SAÑEAR SRL - SE LA REINSCRIBE EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN - REGISTRO N° - PLAZA 728, PB, OF 2
Buenos Aires, 22/06/2006
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 95.204/94, ant. 6,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Sañear S.R.L., con domicilio en la calle Plaza 728, P.B., of. 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de limpieza de edificios; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable; empresa de desinfección y desratización; reparación y mantenimiento de edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N° 4.706/96 a nombre de Sañear S.R.L.;
Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Mario Ernesto Quaglia, DNI 11.451.063, de profesión licenciado en ciencias químicas, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.080;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 646 del cual surge que Julio Giacomuzzi y Adriana Flamini no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello...
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