Disposición N° 2216/GCABA/DGCCA/05

FirmantesMartínez-Vispo-(A/C)
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorDirección General Control de la Calidad Ambiental
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 2216/ GCABA/ DGCCA/ 05

FUMIGACIONES AMARU - SE LA REINSCRIBE EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE

Buenos Aires, 29/11/2005

Visto los términos de la Ordenanza N° 45.593, el Decreto Reglamentario N° 2.045/93 y el Expediente N° 15.864/97, ant. 5,

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto Reglamentario N° 2.045/93, oportunamente presentada por Pablo Esteban Alvarellos, con domicilio en la calle Paraguay 647, 1° P., 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de desinfección y desratización, otorgada por el Expediente N° 3.171/97, Paraguay 647, 1° P, 5 a nombre de Pablo Esteban Alvarellos;

Que, el requirente ha designado como director técnico de la empresa a Héctor Alberto Briatore, DNI 16.037.484, de profesión licenciado en administración agraria, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el N° 52;

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 2.045/93;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 8.586 del cual surge que Pablo Esteban Alvarellos no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;

Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR...

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