Disposición N 484/GCABA/DGGAYE/11

FirmantesRoldan
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS

DISPOSICIÓN N 484/GCABA/DGGAYE/11SE RATIFICA LA CLAUSURA INMEDIATA Y PREVENTIVA DEL DEPARTAMENTO N° 32 DEL 1° PISO DE LA FINCA SITA EN PEDRO ECHAGüE 1178

Buenos Aires, 01 de diciembre de 2011

DISPOSICIÓN N.° 484/DGGAYE/11

Buenos Aires, 1 de diciembre de 2011

VISTO:

Los Decretos N° 1510/97, 2075/07, su modificatorio Decreto 55/10 y Ley 2624;

CONSIDERANDO:

Que el día 23 de Noviembre el corriente año el Arquitecto Marcelo Bovalina y la Arquitecta Marta Cali pertenecientes a la Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrieron a la propiedad ubicada en la calle Pedro Echagüe N° 1178 a realizar una inspección edilicia, que fue solicitada por la Línea 103 Emergencias, reclamo N° 15606, suceso 28260 del Centro Único de Coordinación y Control (C.U.C.C)

Que en el citado domicilio, existe un inmueble entre medianeras subdividido en PH, que consta de dos cuerpos, uno de los cuales tiene planta baja, entrepiso y 1° piso y el otro tiene planta baja y 2 pisos altos. Posee mampostería portante.-

Que del informe técnico surge: …"En la inspección visual se comprobó que en el 1° piso, departamento N° 32, se desarrolló un incendio, provocando la destrucción de una habitación y de un entrepiso construido sobre ella, cuyos materiales constitutivos resultaron carbonizados y sin recupero alguno.-

También se observó dentro de esta unidad, que el techo del pasillo de acceso y distribución, posee la viga longitudinal de soporte de alfagías de madera que contienen los ladrillos cerámicos que constituyen la bovedilla, descalzada del muro portante y torsionada, lo mismo que las vigas de madera transversales, las que se encontraban con flecha pronunciada.-

Por lo expuesto, toda vez que no se encontraban dadas las condiciones mínimas de seguridad estructural, se procedió a clausurar el departamento en cuestión, hasta tanto se recompongan las condiciones de estabilidad estructural del área afectada por incendio y de la estructura de madera del techo...

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