Disposición N° 1253/GCABA/DGSSP/05
Firmantes | Martínez-Vispo-(A/C) |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 11 de Julio de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 1253/ GCABA/ DGSSP/ 05
ORDENA SE LA REINSCRIBA A FUMIGADORA LERMA EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN
Buenos Aires, 11/07/2005
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 86.106/84 ant. 12,
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por María Senturión, con domicilio en la calle Viamonte 2138, P. 11, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de desinfección y desratización; empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable, otorgada por el Expediente N° 66.593/03 a nombre de María Senturión;
Que, la requirente ha designado como directora técnica de la empresa a Emilia Anabel Didlaukis, DNI 21.707.592, de profesión ingeniera agrónoma, quien se encuentra inscripta en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.524;
Que, asimismo, la solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente memoria descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4. y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 1P del cual surge que María Senturión no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPONE:
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