Disposición N° 276/GCABA/DGSSP/05

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 276/ GCABA/ DGSSP/ 05

ALBOSA SRL - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES, CON AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS

Buenos Aires, 04/08/2005

Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607), modificada por Ley N° 963 (B.O. N° 1603), su Decreto Reglamentario N° 1.133-GCABA/01 (B.O. N° 1260), el Decreto N° 627-GCABA/02 (B.O. N° 1470), las Disposiciones Nros. 142-DGSSP/03 y 156-DGSSP/04, y la Carpeta N° 337-DGSSP/02 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 142-DGSSP/03 de fecha 3/7/03, la empresa Albosa S.R.L., con domicilio real y constituido en Güemes 4139, P.B. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales, con autorización para el uso de armas, en los términos de la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133-GCABA/01;

Que al vencimiento del plazo de dicha habilitación, la firma de referencia solicitó y obtuvo la renovación anual de su habilitación, mediante Disposición N° 156-DGSSP/04;

Que a pedido de la interesada, actualmente tramita por las presentes actuaciones, la solicitud de una nueva renovación de la habilitación respectiva;

Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Horacio Edgardo Domenicone, LE 8.357.522;

Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627-GCABA/02;

Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Dictamen N° 16.095 de fecha 9/8/04, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.523 del Registro Nacional de Armas;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18 inc. a) de la Ley N° 118;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133-GCABA/01, para concederle la renovación solicitada;

Por ello, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su...

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