Disposición N° 83/GCABA/DGSSP/05
Firmantes | Martínez |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 28 de Abril de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 83/ GCABA/ DGSSP/ 05
HABILITACIONES Y PERMISOS - INCLAVE S.A.- SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES, CON AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS
Buenos Aires, 28/04/2005
Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607) y sus modificatorias, los Decretos N° 1.133-GCABA/01 (B.O. N° 1260) y N° 627-GCABA/02 (B.O. N° 1470), la Disposición N° 280-DGSSP/03 y la Carpeta N° 81-DGSSP/02 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 280-DGSSP/03 de fecha 17/12/03, la empresa Inclave S.A., con domicilio real y constituido en la calle Blanco Encalada 5506, P.B. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales, con autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133-GCABA/01;
Que con fecha 27/12/04, la firma antes mencionada, solicitó la renovación de dicha habilitación para el período comprendido entre el 17/12/04 y el 16/12/05;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Raúl Osvaldo Torre, DNI 10.691.610;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627-GCABA/02;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Dictamen N° 14.841 de fecha 3/11/03, recaído en Legajo/Expediente N° 9.761.046 del Registro Nacional de Armas;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la renovación de la habilitación de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18 inc. a) de la Ley N° 118;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por las Leyes Nros. 118 y 963 y por el Decreto N° 1.133-GCABA/01, para concederle la renovación solicitada; sin perjuicio de la obligación que le cabe a la solicitante de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 5°, inc. g) de la Ley N° 118 y su modificatoria N° 963, una vez concluido el trámite ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, cuya constancia de inicio acompaña;
Por ello, de acuerdo a lo previsto en...
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