Disposición N° 53/GCABA/DGSSP/05

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada
Fecha de la disposición11 de Abril de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 53/ GCABA/ DGSSP/ 05

PROTECCIÓN PARKINSON ALERTA S.R.L. - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA, CUSTODIAS PERSONALES Y VIGILANCIA CON MEDIOS ELECTRÓNICOS, ÓPTICOS Y ELECTRO-ÓPTICOS - HABILITACIONES Y PERMISOS

Buenos Aires, 11/04/2005

Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1.133-GCABA/01 (B.O. N° 1260) y 627-GCBA/02 (B.O. N° 1470), la Disposición N° 79-DGSSP/03 y la Carpeta N° 2-DGSSP/03 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 79-DGSSP/03 de fecha 12 de mayo de 2003, la empresa Protección Parkinson Alerta S.R.L., con domicilio real y constituido en Av. Corrientes 534, 7° piso, ofic. A, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada, custodias personales y vigilancia con medios electrónicos, ópticos y electro-ópticos, sin autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133-GCBA/01,

Que con fecha 1° de junio de 2004, la firma antes mencionada solicitó la renovación de su habilitación, pero sin acompañar la totalidad de la documentación necesaria para dicho trámite, la cual recién fue completada con fecha 28 de febrero de 2005;

Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del art. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Amilcar Sergio Parkinson, DNI 4.393.641;

Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627-GCBA/02;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18 inc. a) de la Ley N° 118;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por las Leyes Nros. 118 y 963 y por el Decreto N° 1.133-GCBA/01, para concederle la renovación solicitada;

Por ello, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133-GCBA/01 y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE

SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°

Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un año, la habilitación concedida a...

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