Disposición N° 264/GCABA/DGCCA/05

FirmantesMartínez-Vispo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General Control de la Calidad Ambiental
Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 264/ GCABA/ DGCCA/ 05

LISOTTO Y CÍA.: SE LE CANCELA EL REGISTRO DE ACTIVIDADES N° 82 DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE - CANCELACIÓN - BAJA

Buenos Aires, 04/02/2005

Visto los términos de la Ordenanza N° 45.593, el Decreto Reglamentario N° 2.045/93 y el Expediente N° 3.772/95;

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto se inscribió bajo el Número 82 del Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Limpieza de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto Reglamentario N° 2.045/93, a la Empresa Lisotto y Cía., propiedad de Roque Lisotto y Carmine Lisotto, con domicilio en la calle Güemes 4045/49, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por el Antecedente N° 1 del citado Expediente N° 3.772/95 de fecha 3 de noviembre de 2003, se presentó el Sr. Roque Lisotto en su carácter de Titular de la empresa Lisotto y Cía., solicitando la reinscripción de la misma en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Limpieza de Tanques de Agua Potable, acompañando a tales fines la actualización de la correspondiente Memoria Descriptiva;

Que, la documental e información aportada por la empresa ha sido objeto de observaciones mediante providencia dictada en las citadas actuaciones administrativas en fecha 22 de marzo de 2004 en virtud de resultar la misma incompleta y su contenido deficiente;

Que, mediante el dictado de la Disposición N° 2.020-DGCCA/04 notificada el 22 de noviembre de 2004, se intimó a la empresa Lisotto y Cía. a que en el perentorio plazo de quince días de notificada regularice su trámite de reinscripción, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de proceder a la cancelación del registro respectivo;

Que, habiendo vencido el plazo otorgado y verificado el incumpliendo a lo intimado mediante la Disposición N° 2.020-DGCCA/04, corresponde hacer efectivo el...

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