Disposición N° 22/GCABA/DGPI/05

FirmantesLopatín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo
Fecha de la disposición17 de Enero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPOSICIÓN N° 22/ GCABA/ DGPI/ 05

INMUEBLE CALLE THAMES 2482, PB: SE AUTORIZA SU USO PARA LA FABRICACIÓN DE MASAS, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y OTROS - AUTORIZACIÓN DE LOCALIZACIÓN DE USOS - PIZZERÍA - RESTAURANTE - DISTRITO R2AI

Buenos Aires, 17/01/2005

Visto que por Expediente N° 44.356/03 y ant. 1°, se solicita la actualización de la Disposición N° 194-DGPeIU/03, por la cual se autorizaba la localización de los usos Fabricación de masas y demás productos de pastelería, sandwiches - cocción de productos de panadería, cuando se reciba la masa ya elaborada, productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado, autoservicio)(se opere o no por sistema de venta autoservicio) tabaco, productos de tabaquería y cigarrería, alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill y bar, café, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. en el inmueble sito en la calle Thames 2482, P.B., de superficie aproximada: 62,76 m², y

CONSIDERANDO:

Que el plazo de vigencia de la Disposición N° 194-DGPeIU/03 se encuentra caduco, por lo que corresponde un nuevo estudio a fin de evaluar la localización propuesta;

Que del nuevo estudio realizado por la Supervisión Interpretación Urbana según Informe N° 4.915-SIU-DGPINT/04 de fecha 22 de diciembre de 2004, se concluye que la localización solicitada cumple con los parámetros y condiciones dispuestas para el Distrito R2aI;

Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental según el Informe N° 639-CPUAM/04 de fecha 29 de diciembre de 2004, no tiene objeciones desde el punto de vista urbanístico, para la prosecución del trámite, compartiendo el Informe N° 4.915-SIU-DGPINT/04;

Que de acuerdo a la Ley N° 123 de Impacto Ambiental, Decreto N° 1.352-GCABA/02, los rubros Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado, autoservicio)(se opere o no por sistema de venta autoservicio), tabaco, productos de tabaquería y cigarrería, alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill y bar, café, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc se encuentran categorizados como Sin Relevante Efecto Ambiental, mientras que el rubro Fabricación de masas y demás productos de pastelería, sandwiches - cocción de productos de panadería, cuando se reciba la masa ya elaborada deberá categorizarse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR