Disposición N° 1999/GCABA/DGCCA/04

FirmantesMartínez-Vispo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General Control de la Calidad Ambiental
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 1999/ GCABA/ DGCCA/ 04

PARQUE COMPAÑÍA ARGENTINA DE FUMIGACIONES S.C. - SE LE CANCELA EL REGISTRO DE ACTIVIDADES N° 10 DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE - CANCELACIÓN

Buenos Aires, 17/11/2004

Visto los términos de la Ordenanza N° 45.593, el Decreto Reglamentario N° 2.045/93 y el Expediente N° 67.778/94;

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el visto se inscribió bajo el N° 10 del Registro de Actividades correspondiente a empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto Reglamentario N° 2.045/93, a la empresa Parque Compañía Argentina de Fumigaciones S.C., propiedad de los Sres. Ana María Gómez y Hugo Atilio Ledesma, con domicilio en la calle Agüero 230, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por el Antecedente N° 3 del citado Expediente N° 67.778/94 del 18 de octubre de 2002, se presentó la Sra. Ana María Gómez, en su carácter de Socia Gerente de la empresa Parque Compañía Argentina de Fumigaciones S.C. solicitando la reinscripción de la empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Limpieza de Tanques de Agua Potable, omitiendo adjuntar la pertinente memoria descriptiva, el certificado de no deudor moroso alimentario, y demás documental necesaria, motivo por el cual la solicitud efectuada resulta incompleta y su contenido deficiente;

Que, mediante el dictado de la Disposición N° 805-DGCCA/04 notificada el 12 de agosto de 2004, se intimó a la empresa Parque Compañía Argentina de Fumigaciones S.C. a que en el perentorio plazo de quince días de notificada regularice su trámite de reinscripción, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de proceder a la cancelación del Registro respectivo;

Que, habiendo vencido el plazo otorgado y verificado el incumpliendo a lo intimado mediante la Disposición N° 805-DGCCA/04, corresponde hacer efectivo el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR