Disposición N° 365/GCABA/SIYP/04
Firmantes | Lopatín |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento |
Fecha de la disposición | 18 de Noviembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO
DISPOSICIÓN N° 365/ GCABA/ SIYP/ 04
INMUEBLE BAEZ 12- AUTORIZA SU USO COMO RESTAURANTE, CANTINA, CASA DE LUNCH, CAFÉ, BAR, DESPACHO DE BEBIDAS, WHISKERÍA, CERVECERÍA, CASA DE COMIDAS, ROTISERÍA, ELABORACIÓN Y VENTA DE PIZZA, FAINÁ, EMPANADAS, POSTRES, CHURROS, GRILL, PARRILLA, CONFITERÍA
Buenos Aires, 18/11/2004
Visto que por Expediente N° 55.329/04, se consulta sobre la posible localización en el inmueble sito en calle Báez 121, planta baja, sótano y primer piso, el rubro Restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, casa de comidas, rotisería, elaboración y venta de pizza, fainá, empanadas, postres, churros, grill, parrilla, confitería, de 223,61 m², y:
CONSIDERANDO:
Que se trata de un predio localizado en un Distrito R2bI-1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449);
Que de acuerdo al informe producido por la Supervisión de Interpretación Urbana la localización solicitada, cumple con los parámetros de evaluación dispuestos para dicho uso;
Que el CPUAM no tiene objeciones desde el punto de vista urbanístico, para la prosecución del trámite en los términos propuestos por esta Dirección General;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE
PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO
DISPONE:
Autorízase desde el punto de vista urbanístico en el predio sito en la calle Báez 121, la localización del uso Restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería, casa de comidas, rotisería, elaboración y venta de pizza, fainá, empanadas, postres, churros, grill, parrilla, confitería.
La actividad solicitada, resulta sin relevante efecto ambiental, Ley N° 123.
La presente autorización no implica que se haga extensiva para desarrollar actividades vinculadas con música y canto ni la verificación ni eximición del cumplimiento de las normas que correspondan al Código de Planeamiento Urbano y al Código de la Edificación.
De solicitar el recurrente autorización para localizar...
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