Disposición N° 368/GCABA/SIYP/04

FirmantesLopatín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPOSICIÓN N° 368/ GCABA/ SIYP/ 04

INMUEBLE MARIO BRAVO 302 - AUTORIZA SU USO COMO CAFÉ-BAR, DESPACHO DE BEBIDAS, WHISKERÍA, CERVECERÍA

Buenos Aires, 18/11/2004

Visto que por Expediente N° 44.023/03, se consulta sobre la posibilidad de localizar los usos Café-Bar, Despacho de Bebidas, Whiskería, Cervecería en el inmueble sito en la calle Mario Bravo 302, Esq. Tte. Gral. J. D. Perón 3601, P.B., U.F. N° 1, de Sup. Aprox.: 61,79 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un predio localizado en un Distrito R2aII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449);

Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental según el Art.1° del Acuerdo N° 304/COPUA/03, de fecha 10/7/03, acordó autorizar a esta ex Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística ahora Dirección General de Planeamiento Interpretativo, a tramitar las actuaciones para la localización de la actividad Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc., en la medida que se cumplan ciertos requisitos;

Que del estudio realizado por la Supervisión Interpretación Urbana se concluye que la localización solicitada cumple con los parámetros y condiciones dispuestas según Acuerdo N° 304/COPUA/03, por lo que esta Dirección podrá autorizar la localización del uso propuesto sin previa consulta ese Consejo;

Que de acuerdo a la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental, y su modificatoria N° 452, Decreto N° 1.352/GCABA/02, Resolución N° 873/AA, el rubro Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc., dentro de los cuales, se comprenden las actividades peticionadas, se encuentran categorizados como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE

PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPONE:

Artículo 1°

Autorízase, desde el punto de vista urbanístico, en el inmueble sito en la calle Mario Bravo 302, Esq. Tte. Gral .J. D. Perón 3601, P.B., U.F. N° 1, la localización de los usos Café-Bar, Despacho de Bebidas, Whiskería, Cervecería, con una superficie total a habilitar de 61,79 m2, debiéndose dar cumplimiento a todas la disposiciones vigentes que le resulten de aplicación.

Artículo 2°

Se aclara que la presente...

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